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Sarampión: especialistas destacan importancia de la vacunación


Especialistas destacaron la importancia de la vacunación para prevenir enfermedades infecto contagiosas y rechazaron el proyecto que se encuentra en la comisión de salud de la Cámara de Diputados para que el Calendario de Vacunación no sea de cumplimiento obligatorio.

La médica integrante de la Fundación Huésped Carla Vizzotti destacó los beneficios de la vacunación indicando que en virtud del Calendario de Vacunación Obligatoria se eliminó el trasplante de hígado por causas del virus de hepatitis A.

Asimismo se redujo en un 50 por ciento la internación por neumonía desde 2012, y un 82 por ciento la letalidad por tos convulsa en neonatos.

«Las vacunas y el agua potable con las dos herramientas sanitarias que más vidas salvaron en la historia de la humanidad» aseguró Vizzotti en declaraciones a Minutouno.com.

«Carece de todo tipo de contenido científico», añadió en referencia al proyecto que se encuentra en la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados y que fuera presentado en junio del 2017 por la diputada Paula Urroz.

La iniciativa de la diputada del PRO indica en su artículo primero que «las personas que sean pasibles de vacunación obligatoria u opcional y quienes sean responsables por la vacuna que reciba un menor a su cargo deberán recibir previamente información fehaciente acerca de los riesgos que la inoculación implica».

Asimismo asegura que de ese modo se posibilita «la aceptación o no aceptación de ese acto médico, en cumplimiento del derecho al consentimiento informado establecido en el capítulo III de la ley 26.529».

Esta ley, (Derechos del Paciente, Historia Clínica y Consentimiento Informado) determina que el paciente tiene derecho a recibir la información sanitaria necesaria vinculada a «su estado de salud, estudios y tratamientos que fueren menester realizarle y la previsible evolución, riesgos, complicaciones o secuelas de los mismos».

Paralelamente destaca el derecho del paciente a «aceptar o rechazar determinadas terapias o procedimientos médicos o biológicos, con o sin expresión de causa, como así también a revocar posteriormente su manifestación de la voluntad».

Sin embargo, en su artículo 9 (Excepciones al consentimiento informado», puntualiza que «el profesional de la salud quedará eximido de requerir el consentimiento informado en los casos que mediare grave peligro para la salud pública».

Eduardo López, presidente de la Sociedad Argentina de Infectología Pediátrica y Jefe del Departamento de Medicina del Hospital de Niños Ricardo Gutiérrez, calificó al proyecto de Urroz como «absurdo» debido a que «transforma un deber del Estado en un acto voluntario».

En la actualidad se encuentra vigente en el país la ley 22909 que en su artículo 11 determina que «las vacunaciones son obligatorias para todos los habitantes del país, los que deben someterse a las mismas de acuerdo a lo que determine la autoridad sanitaria nacional con respecto a cada una de ellas».

«Los padres, tutores, curadores y guardadores de menores o incapaces son responsables, con respecto a las personas a su cargo, del cumplimiento» de esta ley.

La vacunación obligatoria permitió que en Argentina el último caso de poliomielitis se registrada en 1984, el último caso autóctono de sarampión en el 2000, y el último de rubéola y Síndrome de Rubéola Congénita en 2009.

Una beba de ocho meses, el primer caso autóctono de sarampión en Argentina en 18 años