Economía

El día después de la cuarentena: no pagar impuestos, propuesta del sector privado


Empresarios anunciaron que el gobierno podría tomar, como medida, que se posterguen los pago de impuestos nacionales, provinciales y municipales hasta el 30 de junio. ¿Qué dirá Alberto Fernández?

Postergar el pago de impuestos nacionales, provinciales y municipales hasta el 30 de junio próximo es una de las iniciativas del sector privado para hacer frente al día después de la cuarentena aplicada frente al coronavirus.

También incluye permitir el pago de gravámenes con títulos soberanos a la par y ampliar el alcance de la moratoria que abarque deudas vencidas al 31 de marzo último, incorporando a todo el universo de contribuyentes, no sólo a las pymes.

Se propone postergar hasta mitad de año el plazo para la repatriación de activos en el exterior y ampliar las opciones del destino de esos fondos a:

– Inversiones en bienes registrables (inmuebles, automotores y otros).
– Donaciones (total o parcial) a la Cruz Roja u otras instituciones similares con destino a equipamiento hospitalario, comedores y víctimas del Coronavirus.
– Aportes de capital a Empresas.

La iniciativa también prevé eliminar el tope del 5% de la ganancia bruta para las donaciones destinadas a fines sanitarios, comedores y equipamiento hospitalario.

Propone transformar los saldos a favor técnicos en el IVA por saldos de libre disponibilidad a los efectos de poder utilizarlos en la cancelación de obligaciones impositivas y previsionales.

Prevé permitir la compensación de obligaciones de la Seguridad Social con saldos a favor de libre disponibilidad de IVA y ganancias.

Y establecer la amortización acelerada en el impuesto a las ganancias de los bienes del activo fijo (excluidos Automóviles).

Otro punto es «permitir el cómputo del 100% del impuesto a los débitos y créditos, y sobre los combustibles, como pago a cuenta del impuesto a las ganancias».

Propone prever una deducción especial adicional en el Impuesto a las Ganancias de los sueldos totales abonados durante la pandemia, premiando a quienes mantengan personal.

Se incluye también la ampliación del plazo de ingresos de divisas por exportación a 360 días, al señalar que «la pandemia es global y su impacto también afecta a compradores del exterior».

La propuesta incluye un aumento del mínimo no imponible de las contribuciones patronales hasta $ 30.000 por cada trabajador.

Y permitir el cómputo del 100% del ajuste por inflación en un solo ejercicio fiscal.

Impulsa un aumento del mínimo no imponible en el Impuesto a las Ganancias para trabajadores solteros y para los casados con dos hijos, equiparando a los autónomos con las mismas deducciones personales.

El documento sostiene que el impacto de la cuarentena «es tal y con tal contundencia y velocidad, que muchas empresas no tendrán dinero suficiente para funcionar como tales muy rápidamente».

«En esas circunstancias lo que se suele priorizar son los sueldos y eventualmente los proveedores importantes que ayudan a mantener en funcionamiento la empresa. El tener que pagar impuestos como si nada estuviera pasando afectaría a la compañía de manera tal que antes o después deberá decidir qué paga, si contara con un mínimo ingreso, o cuándo cerrar si ni le alcanzará para poder encarar todos sus pagos importantes», indica.

Sostiene que para «evitar que se detenga el pago de impuestos en los hechos y así mantener al menos un mínimo de flujo de fondos hacia el Estado, por un lado, y que el peso de los mismos en una economía como la argentina termine de forzar el cierre de muchas empresas privadas por no poder pagarlos, es necesario encarar medidas impositivas que con audacia e ingenio nos eviten escenarios de catástrofe económica».

Provincias

1. Establecer la posibilidad de utilizar los saldos a favor de Ingresos Brutos contra deudas anteriores, agentes de recaudación y otros impuestos de la misma jurisdicción.

2. Suspender por 6 meses los Regímenes de Retención y/o Percepción y Recaudaciones Bancarias (incluyendo Sircreb) y otros pagos a cuenta de Ingresos Brutos.

3. Devolución en trámite simple y ágil de los saldos a favor de los contribuyentes que acumule más de 6 meses de antigüedad.