Las penas van entre tres años y cuatro meses. El fallo alcanza a doce personas que conformaron dos estructuras criminales dedicadas al transporte, distribución y comercialización de estupefacientes
Las penas van entre tres años y cuatro meses. El fallo alcanza a doce personas que conformaron dos estructuras criminales dedicadas al transporte, distribución y comercialización de estupefacientes
El Tribunal Oral Federal N°3 de Rosario condenó este jueves a los integrantes de dos bandas narcos, una de las cuales operaba desde la cárcel santafesina de Piñero. Las doce personas recibieron penas de entre tres años y cuatro meses hasta ocho años de prisión por el transporte, tenencia y comercialización de estupefacientes.
Según publicó el portal Fiscales.gob.ar, el representante del Ministerio Público Fiscal había solicitado penas similares a las impuestas -de hasta diez años-, junto con el decomiso del dinero y vehículos secuestrados -cinco autos y una motocicleta- durante los distintos procedimientos que tuvieron lugar en el trámite de la causa, a lo que así hicieron lugar los jueces Eugenio Jorge Martínez Ferrero, Osvaldo Alberto Facciano y Otmar Paulucci. Los fundamentos del fallo serán dados a conocer el jueves 5 de marzo por la tarde.
Con el avance de la pesquisa se pudo llegar al presunto líder de una de las organizaciones, Leandro Vilches, que según el Ministerio Público Fiscal, digitaba cada uno de los movimientos de la banda que encabeza desde la cárcel de Piñero, donde se encuentra detenido. Según las informaciones, Vilches realizaba indicaciones a través de su pareja Gisela Bocutti, sus hermana Gisela Vilches y Marcelo Dávalos, entre otros.
El fiscal general que interviene en el juicio, Federico Reynares Solari, realizó un repaso de las pruebas conocidas en el debate durante el alegato el pasado viernes 14 de febrero. Solari puso especial énfasis en las declaraciones testimoniales y las intercepciones telefónicas realizadas a los imputados, desde donde surgía con claridad – a su criterio- la responsabilidad penal de cada uno de los imputados en la actividad ilícita desplegada.
En esa línea, señaló que se estaba en presencia de dos grupos narcocriminales, una de ellas integrada por Fabián González, Gustavo Farías, Jonatan Tosi, Daniel Godoy y Jonatan Albanese, y la otra comandada por Leandro Vilches -dando directivas desde la Unidad XI de Piñero del Servicio Penitenciario Provincial-, su núcleo familiar Gisela Bocutti, Gisela Vilches, Luz Belén Vibone y también Marcelo Davalos, su esposa Mirta Díaz y Leandro Deb.
También puntualizó que estas organizaciones estaban entrelazadas entre sí en la participación de actividades de comercio de estupefacientes y que estas relaciones a veces eran horizontales, otras verticales.
El Tribunal condenó a José González a ocho años; a Gustavo Farías a ocho; a Jonatan Tosi a siete y unificada en once años por una condena anterior en la justicia provincial; a Daniel Godoy a siete; a Jonatan Albanese a seis años y medio; a Marcelo Dávalos a seis años y medio; a Vilches a seis años y dos meses; a Gisela Bocutti a seis años y dos meses; a Leonardo Deb a seis años; a Mirta Díaz a tres años y medio; a Luz Vibone a tres años y medio; y Gisela Vilches a tres años y cuatro meses.
La investigación culminó el pasado abril de 2017 con el secuestro de 82 panes y medio de marihuana que arrojaron un peso de 50, 151 kilogramos -en un automóvil en el que se trasladaban Farías y Tosi- y otros 39 panes de marihuana por un total de 25,164 kilogramos -en un vehículo en el que iba Godoy. Luego se secuestró otra importante cantidad de estupefacientes en el domicilio donde habitaría un hombre de apellido González.
Reynares Solari había requerido las penas más altas para Fabián González y Gustavo Farías -diez años para ambos-, al encuadrar su accionar en el delito de tráfico de estupefacientes en la modalidad de comercio, agravado por la intervención organizada de tres o más personas. En el caso de Leandro Vilches, había solicitado ocho años y en el de Bocutti, siete. En cuanto a Gisela Vilches, el fiscal entendió que no se pudo probar que su aporte haya sido esencial y estimó que su participación fue secundaria.