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Vicentin: fallo repuso a los directores de la empresa y los interventores serán veedores


Así lo determinó el juez civil y comercial de Reconquista, Fabián Lorenzini, quien está a cargo del concurso de acreedores

El juez de Reconquista Fabián Lorenzini hizo lugar a una medida cautelar y repuso a los dueños de la cerealera Vicentín por un plazo de 60 días y estableció que el interventor designado por el Poder Ejecutivo quede como veedor.

Así lo dispuso el juez en lo comercial ante una presentación de los dueños de la empresa, la cual es motivo de controversia a raíz de la decisión del Gobierno Nacional que busca la expropiación de la cerealera.

La decisión judicial obedeció a un pedido de los actuales dueños de la cerealera, que además plantearon la inconstitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia que firmó el presidente Alberto Fernández al considerar que era falto de fundamentación.

Los actuales dueños recordaron que existe un proceso de verificación de créditos en curso, también la necesidad de resguardar el giro normal de las actividades de la empresa, atender las obligaciones cuyo vencimiento se produce periódicamente y abonar salarios de miles de trabajadores.

Según los dueños, se podría ver afectado el concurso que tramita ante la Justicia Comercial y también a sus acreedores dado que el cobro de sus créditos depende principalmente de la continuidad operativa de la empresa.

Antes de este fallo, el juez Lorenzini había rechazado los cuestionamientos al Decreto de Necesidad y Urgencia que disponía la intervención, considerando «improcedentes» los cuestionamientos a la constitucionalidad del decreto de necesidad y urgencia publicado el martes de la semana pasada en el Boletín Oficial, que prevé la intervención de la empresa agroexportadora.

Ahora, el juez de Reconquista se declara «incompetente» para definir los planteos de constitucionalidad del decreto de Fernández; aunque será la Cámara de Apelaciones la que determinará si Lorenzini debe o no definir el tema.

En el fallo completo el juez resolvió disponer, «con carácter de medida autosatisfactiva y previa presentación de contracautela, que los administradores naturales de la sociedad concursada, designados conforme la a la última Asamblea Ordinaria de accionistas, continúen ejerciendo las funciones para las cuales fueron designados, conforme al estatuto de la misma».

Por otra parte, planteó «establecer, en el marco de la presente medida autosatisfactiva, que los señores interventores designados en el DNU 522/2020 del PEN, podrán continuar desarrollando su tarea, con el grado de veedores controladores».

El Gobierno decretó la intervención como paso previo a elevar al Congreso un proyecto de ley para disponer la expropiación de la firma, algo que no se concretó aún. El 10 de febrero, la empresa se presentó en convocatoria.

El fallo completo: