Policiales

Santa Fe: condenaron a un hombre a doce años de prisión por abusar de una menor


La decisión fue resuelta por unanimidad en el marco de un juicio oral que finalizó este jueves. Otro hombre fue absuelto por el beneficio de la duda

Un hombre de 47 años identificado como Ángel Francisco Gómez fue condenado a 12 años de prisión por la autoría de delitos contra la integridad sexual cometidos en perjuicio de la hija menor de edad de la mujer que era su pareja.

La pena fue resuelta por unanimidad por el tribunal integrado por los jueces José Luis García Troiano (presidente), Héctor Gabriel Candioti y Luis Octavio Silva en el marco de un juicio oral que finalizó hoy en los tribunales de la ciudad de Santa Fe.

Gómez fue condenado como autor penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado (por la convivencia y por ser encargado de la guarda)

Por otra parte, Gómez y otro hombre que también fue juzgado –cuyas iniciales son IL y tiene 75 años– fueron absueltos por el beneficio de la duda (in dubio pro reo) de la autoría del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado (por ser cometido por dos o más personas).

Los fiscales

“Aguardaremos los fundamentos de la sentencia para analizar los motivos por los cuales el tribunal resolvió las absoluciones”, sostuvieron los fiscales y agregaron que “luego estudiaremos los pasos a seguir”.

“La investigación de los hechos estuvo a cargo de la fiscal María Lucila Nuzzo, quien luego derivó el caso a la Unidad Fiscal Especial de Violencia de Género, Familiar y Sexual (Gefas)”, recordaron los fiscales Minniti y Broggi.

Los funcionarios del MPA agregaron que “la víctima, hija de la pareja de Gómez, sufrió abusos constantes por parte de este acusado que aprovechó la situación de convivencia con la niña para cometer los ilícitos”.

“En relación al otro acusado, fue investigado por haber abusado de la menor en un taller mecánico al que fue llevada por engaño por su padrastro – indicaron–, aunque el tribunal resolvió absolverlo por este hecho basándose en el principio del beneficio de la duda”.