El gobierno nacional amplió el acceso al Régimen de Fomento de las Energías Renovables a las personas y a los proyectos de autogeneración, a través del decreto 476/2019 publicado este jueves en el Boletín Oficial.
El mismo autoriza a ingresar al Régimen a las personas humanas domiciliadas en el país, y a las jurídicas constituidas localmente, que sean titulares de proyectos de inversión incluidos los de autogeneración y cogeneración, y a concesionarios de obras nuevas de generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables.
Para obtener el certificado de inclusión en el Régimen y la asignación de los beneficios promocionales, los interesados deberán presentar ante la autoridad de aplicación, en este caso la Secretaría de Energía, la documentación que ésta determine.
La Secretaría podrá intercambiar información con la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip), y otros órganos y entes competentes en las materias involucradas, a los efectos de verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos.
En los casos de los proyectos cuya fuente renovable de generación sean residuos, independientemente de la tecnología empleada, Energía dará intervención a la Secretaría de Medio Ambiente, a los fines de que emita opinión sobre la elegibilidad del proyecto, en lo relativo a las materias propias de su competencia.
La Secretaría de Energía realizará la evaluación y aprobación de los proyectos de generación presentados y determinará la asignación de los beneficios promocionales para cada proyecto, consignando el monto del cupo fiscal total asignado a cada uno. Los asignados a cada proyecto aprobado se detallarán en un certificado de inclusión en el Régimen de Fomento de Energías Renovables, que será extendido por Energía.
El Ministerio de Hacienda determinará el cupo anual máximo a prever en el Presupuesto Nacional disponible para otorgar beneficios promocionales, sobre la base de la estimación que anualmente realice Energía, en función de los proyectos de inversión a desarrollar para alcanzar los objetivos fijados.
Asimismo, previsionará el cupo anual de beneficios promocionales y gestionará su inclusión en la Ley de Presupuesto del año fiscal siguiente, de acuerdo con lo establecido precedentemente.
En caso de que el cupo correspondiente a cada período no sea utilizado en su totalidad, Energía adoptará las medidas necesarias para que el excedente se traslade como saldo adicional al período siguiente.
El Régimen de Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables de Energía Destinada a la Producción de Energía Eléctrica, prevé que se incremente progresivamente la participación de las fuentes renovables de energía en la matriz eléctrica hasta alcanzar un 20% de los consumos anuales totales al 31 de diciembre de 2025.