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Rechazan otro recurso de la defensa de Macri contra los entrecruzamientos de llamados


El Tribunal de Apelaciones no hizo lugar a una apelación de la defensa de Macri, imputado en el caso, que se opuso a la orden de entrecruzar llamados durante un mes, en junio de 2016

 

La Cámara Federal porteña rechazó un recurso de la defensa del ex presidente Mauricio Macri en la causa que investiga supuestas presiones al grupo Indalo y ratificó un entrecruzamiento de llamados para determinar si hubo una reunión entre el empresario Federico de Achával y Fabián Rodríguez Simón, en junio de 2016.

El Tribunal de Apelaciones no hizo lugar a una apelación de la defensa de Macri, imputado en el caso, que se opuso a la orden de entrecruzar llamados durante un mes, junio de 2016, para determinar si existió ese encuentro y su fecha, explicaron a Télam fuentes judiciales.

La Cámara había ordenado a la jueza del caso, María Servini, que los entrecruzamientos de llamados dispuestos en la investigación se limiten a diez días antes y diez días después de cada evento considerado importante para la pesquisa.

Sin embargo, en este caso particular no hay fecha exacta de esa reunión y al declarar como testigo en la causa el empresario del juego, Federico de Achával, sostuvo que fue en junio de 2016, cuando lo citaron a un encuentro con Mario Quintana y Rodríguez Simón.

Ante esto, el 9 de noviembre último Servini dispuso que por este hecho el entrecruzamiento de llamados entre los teléfonos de los involucrados se haga a lo largo de todo el mes, una decisión a la que se opuso Pablo Lanusse, defensor de Macri en el caso.

La Cámara rechazó la presentación y reiteró que «es ajena» a revisar »

el “juicio de atinencia que haga la instructora sobre las diligencias pertinentes para investigar la posible comisión de los delitos denunciados (asunto reservado a su discrecionalidad)».

«Por ende, debe rechazarse lo promovido por la defensa, sin perjuicio de volver a resaltar la necesidad que “ni bien se produzcan los primeros resultados de las diligencias (elaboración de los listados de llamados de los abonados individualizados), esa información sea recibida únicamente por el juzgado», sostuvieron en la resolución los camaristas Martín Irurzun, Mariano Llorens y Leopoldo Bruglia.

Según dispuso la Cámara en anteriores resoluciones sobre la orden de entrecruzar los llamados de todos los imputados, entre ellos Macri, Servini tendrá que «determinar cuáles datos son ajenos al legajo –imponiendo su eliminación- y cuáles sí pueden ser destinados a la actividad de los auxiliares de la justicia y al conocimiento de todas las partes legitimadas”, procurando evitar de esa manera el surgimiento del posible perjuicio irreparable».