En particular, se aludió a detenidos con prisión preventiva por "delitos de escasa lesividad o no violentos"
La Cámara Federal de Casación recomendó a los tribunales del fuero en todo el país que adopten medidas alternativas al encierro en cárcel común, como la prisión domiciliaria, ante la pandemia de coronavirus.
El máximo tribunal penal federal del país suscribió una acordada en la que como parámetro general y ante la cantidad de reclamos de excarcelación y arresto domiciliario que llegan en apelación, recomendó otorgar el arresto domiciliario, según el texto al que accedió Télam.
Los jueces encomendaron a «los tribunales de la jurisdicción que adopten medidas alternativas al encierro, tales como la prisión domiciliaria, con los mecanismos de control y monitoreo que estimen corresponder». En particular se aludió a detenidos con prisión preventiva por «delitos de escasa lesividad o no violentos, o que no representen un riesgo procesal significativo», siempre con «mecanismos de control y monitoreo».
Además, se aclaró que este beneficio podrá revisarse cuando concluya la emergencia sanitaria que rige por el Covid-19. «Corresponde aclarar que las medidas recomendadas se motivan exclusivamente en la pandemia Covid-19, motivo por el cual, una vez superada la emergencia sanitaria en la que nos encontramos, los casos deberán ser sometidos a un nuevo reexamen», advirtió el Tribunal.
Además remarcó que los jueces deberán asegurar en cada caso concreto «el debido proceso legal y garantizar los derechos de las partes y, en especial, dar estricto cumplimiento a la Ley de Derechos y Garantías de las Personas Víctimas de Delitos».
Esta norma dispone que se debe pedir y valorar la opinión de las querellas que representen a víctimas o sus familiares de manera previa a conceder algún beneficio a los condenados en sus causas. Casación también se instó a dar prisión domiciliaria en los casos en que la prisión preventiva haya superado «ostensiblemente» los plazos previstos sin condena y «tomando en cuenta las características de cada proceso».
En el listado de posibles beneficiados se incluyó a condenados por «delitos no violentos que estén próximos a cumplir la pena impuesta» o con condenas a penas de hasta tres años de prisión. También aquellos detenidos que estén «en condiciones legales de acceder en forma inminente al régimen de libertad asistida, salidas transitorias o libertad condicional».
La Cámara de Casación recordó que en anteriores disposiciones ya recomendó dar arresto domiciliario a mujeres embarazadas y/o encarceladas con hijos e hijas y adultos mayores o con discapacidades que expongan a «un mayor riesgo de complicaciones graves» si se contagian. En este grupo incluyó a personas inmunodeprimidas, enfermedades crónicas como coronarias, diabetes, pulmonares y VIH.
«Las evaluaciones en cada caso deberían determinar si es posible proteger su salud si permanecen detenidas y considerar factores como el tiempo de pena cumplido y la gravedad del delito o la existencia de riesgos procesales y el plazo de la detención, para los procesados», se explicó en la acordada.
En el caso de delitos graves Casación encomendó a los jueces federales de todo el país «meritar con extrema prudencia y carácter sumamente restrictivo» la posibilidad de otorgar beneficios por el Covid-19. Casación respondió con esta acordada a planteos hechos por la Procuración Penitenciaria de la Nación, la Comisión de Cárceles de la Defensoría General de la Nación y el Comité Nacional para la Prevención contra la Tortura.
Todos pidieron al máximo tribunal penal federal del país que establezca un parámetro general de actuación para los tribunales inferiores del fuero.