Política y Economía

Los puntos clave de la ley que modifica las jubilaciones de privilegio


El proyecto, aprobado esta tarde en el Senado, establece cambios en las jubilaciones especiales de jueces, fiscales y diplomáticos

La ley aprobada este jueves en la Cámara de Senadores de la Nación para modificar los regímenes de jubilaciones especiales de jueces, fiscales y diplomáticos, introduce una serie de cambios en los aportes y las condiciones para acceder a la jubilación.

Un detalle de los puntos principales de la nueva norma:

– Se elevan del 11 al 18% los aportes adicionales al régimen general (aumento del 7%).

– Se mantiene, en el caso de los funcionarios judiciales, el 82% móvil pero sobre un promedio de las últimas 120 remuneraciones actualizadas en el cálculo del haber inicial y no sobre el último sueldo.

– Se mantiene la exigencia de 30 años de servicio en uno o más regímenes, pero en simultáneo se exige un desempeño mínimo de 10 años continuos en el Poder Judicial o 15 años discontinuos.

– A diferencia del sistema actual, en el que los jueces pueden acceder a la jubilación pero dejarla en suspenso hasta los 75 años, quien solicite el retiro deberá cesar en sus funciones.

– En el caso de los hombres, se eleva la edad jubilatoria, que pasa de 60 a 65 años pero en base a una escala gradual que se completará en 2025. La escala para el incremento de la edad será la siguiente: 60 años en 2020; 61 años en 2021; 62 años en 2022; 63 años en 2023; 64 años en 2024; y 65 años en 2025.

– En el caso de los funcionarios diplomáticos, la tasa de sustitución se reduce del 85 al 82%, y también se calcula sobre la base del promedio de las últimas 120 remuneraciones actualizadas.

– Los años de servicios en los destinos considerados como peligrosos o insalubres no serán computados doble a la hora de acreditar la cantidad de años de aportes en el Servicio Exterior de la Nación.