Política y Economía

Es oficial el decreto para el pago del bono a jubilados y beneficiarios de AUH


El mismo fue publicado en el Boletín Oficial y comenzará a abonarse a partir de hoy. Se trata de un subsidio extraordinario de 5 mil pesos y 2 mil pesos, respectivamente

El mismo fue publicado en el Boletín Oficial y comenzará a abonarse a partir de hoy. Se trata de un subsidio extraordinario de 5 mil pesos y 2 mil pesos, respectivamente

El gobierno oficializó hoy el pago de un bono de 5 mil pesos a los jubilados, que comenzará abonarse a partir de hoy, y un subsidio extraordinario de $2.000 para beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH).

A través del decreto 73/2019, publicado hoy en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Alberto Fernández, del jefe de gabinete, Santiago Cafiero, y el ministro de Trabajo, Claudio Moroni, se establece el pago del bono a los jubilados y beneficiarios de la AUH.

El artículo primero del texto oficial señala: «Otórgase un subsidio extraordinario por un monto máximo de pesos cinco mil ($5.000) que se abonará en el mes de diciembre de 2019, y por un monto máximo de pesos cinco mil, que se abonará en el mes de enero de 2020».

En el Boletín Oficial se aclara a quienes lo recibirán, que son en primer lugar «los beneficiarios y beneficiarias de las prestaciones previsionales del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) a que refiere la Ley N° 24.241 sus modificatorias y complementarias».

«Los beneficiarios y beneficiarias de la Pensión Universal para el Adulto Mayor, instituida en el artículo 13 de la Ley N° 27.260 y sus modificatorias».

«Los beneficiarios y beneficiarias de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete (7) hijos o hijas o más, y demás pensiones graciables cuyo pago se encuentra a cargo de la ANSES».

Además, en el mismo decreto se establece un pago extraordinario a beneficiarios de la AUH.

«Otórgase un subsidio extraordinario, por única vez, por un monto de pesos dos mil, que se abonará en el mes de diciembre del corriente año calendario, a los y las titulares de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social, por cada hijo o hija y hasta el quinto o quinta inclusive, y/o de la Asignación por Embarazo para Protección Social previstas en la Ley N° 24.714, sus modificatorias y complementarias», apunta el texto oficial.