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Desde este lunes la Anses pagará la segunda cuota del Ingreso Familiar de Emergencia


Primero cobraran aquellos beneficiarios que correspondan a la Asignación Universal por Hijo

La Anses iniciará el lunes el pago de la segunda cuota de $10.000 correspondiente al Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), destinado a los sectores más afectados por el freno de la actividad económica ante la crisis del coronavirus. En el inicio de semana comenzarán a percibir el bono extraordinario quienes también sean beneficiarios de la Asignación Universal por hijo (AUH).

Según señaló el organismo, una vez que finalice ese cronograma, se comenzará con el pago de quienes cobren el ingreso familiar por CBU.

De acuerdo con el calendario oficial, los pagos de la AUH se extenderán desde el 8 hasta el 22 de junio, según la finalización del número de DNI, tal como ocurrió hasta el momento. Así, quienes cobren por CBU comenzarán a percibir esa ayuda estatal desde el 23 de junio.

Aquellos que ya cobraron la primera cuota no deberán realizar «ninguna inscripción» para percibirla nuevamente, aclaró el organismo.

Ingreso Familiar de Emergencia: el segundo pago del IFE será de ...

Este sábado, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, destacó la batería de medidas del Estado para hacer frente al impacto negativo de la pandemia y, al referirse al IFE, puntualizó: «Llegamos a 8,7 millones personas y proyectamos llegar a nueve millones».

Por su parte, la Anses anticipó que su intención es que la segunda cuota del ingreso familiar sea cobrada por todos los beneficiarios «con un sistema bancarizado».

«Nos propusimos que las personas que no están registradas en nuestros sistemas tengan una cuenta bancaria para que todas estén bancarizadas», indicó la directora ejecutiva de la ANSeS, Fernanda Raverta.

La funcionaria nacional también destacó que el segundo cronograma del IFE será «paulatino» para evitar «mandar a nueve millones de personas juntas a la calle», como sucedió en la primera instancia de cobro.

Para percibir ese aporte del Estado se debe ser argentino nativo o naturalizado y residente, con una residencia legal en el país no inferior a 2 años, tener entre 18 y 65 años y que el titular o su grupo familiar no tenga ingresos provenientes de un trabajo en relación de dependencia, entre otros puntos.