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Superclásico de 2015

Confirman condena a uno de los barras del gas pimienta en el Boca-River


 

La Cámara Nacional de Casación Penal confirmó la condena de dos años y ocho meses de prisión contra Diego «El Polaco» Biglia, uno de los barras bravas de Boca Juniors que participó del ataque con gas pimienta contra jugadores de River durante el superclásico de 2015 en la Bombonera por la Copa Libertadores.

El Tribunal ratificó la condena por el delito de lesiones leves calificadas contra Biglia por su participación en el hecho en el que intervinieron otros barras bravas, principalmente Adrián «el panadero» Napolitano.

El hecho fue el 14 de mayo de 2015 en octavos de final cuando los jugadores de River salieron al campo de juego e hinchas de Boca les arrojaron gas pimienta provocando la suspensión del partido.

Según la investigación, fueron Adrián «Panadero» Napolitano y Federico Blanco quienes se aprovecharon de un hueco que había entre la manga y el techo del túnel y les arrojaron gas pimienta, mientras Gustavo Norberto «Mono» Florentín y Biglia los cubrían para disimular su accionar.

Napolitano y a Florentín a partir de una probation recibieron la pena de realizar tareas comunitarias durante tres años y una multa para reparar el daño causado, y a Biglia a dos años y ocho meses por el delito de «lesiones leves, calificadas por haber sido cometidas con el concurso premeditado de dos o más personas, agravadas, a su vez, por haberse perpetrado en ocasión de un espectáculo deportivo, el que concurre de manera ideal con el de haber impedido, mediante actos materiales, la realización de un espectáculo deportivo.

Los jueces Gustavo Bruzzone, Patricia Llerena y Jorge Luis Rimondi consideraron que Biglia «actuó en connivencia y de común acuerdo con los autores materiales de la agresión».

«Lo concreto e innegable es que en los videos se los aprecia conversando a los tres justo antes de emprender el ataque, y en la zona precisa desde la cual se llevó a cabo, originariamente custodiada por Biglia y cedida luego por éste a los autores materiales», se resaltó en el fallo.