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Condenaron a prisión perpetua al femicida de Nadia Arrieta


La Justicia rechazó un recurso que había presentado la defensa y dejó firme la condena para Néstor Montiel por “homicidio doblemente calificado por femicidio y alevosía”

El Tribunal de Casación Penal bonaerense confirmó la prisión perpetua para el peluquero que hace dos años degolló a Nadia Arrieta, en un femicidio ocurrido en un comercio de la localidad bonaerense de Villa Tesei y cuando el asesino estaba bajo libertad condicional, informaron este viernes fuentes judiciales.

La Sala I del mencionado tribunal rechazó el recurso que había interpuesto su defensor oficial y dejó firme la condena para Néstor Maximiliano Montiel (40) por “homicidio doblemente calificado por femicidio y alevosía”.

La madre de Nadia, Beatriz Flores, se mostró conforme con el fallo al asegurar a Télam que “es una luz entre tanta angustia”, pero recordó que el hombre condenado “es una asesino que jamás debería haber estado en la calle”.

Montiel había sido condenado a la pena máxima por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 4 de Morón, en un juicio oral que culminó el 18 de marzo del año pasado, y en el que también se lo declaró reincidente.

Es que al momento del hecho, el femicida gozaba de una libertad condicional que le fue concedida tras cumplir 15 de los 18 años de cárcel a los que había sido condenado por cuatro tentativas de homicidio y un abuso sexual, todos cometido en 2001 contra miembros de su propia familia, lo que generó un pedido de juicio político para los camaristas de Morón que le dieron el beneficio.

En el fallo -al que tuvo acceso Télam-, los jueces Ricardo Maidana y Daniel Carral rechazaron los planteos de nulidad e inconstitucionalidad presentados por el defensor oficial y avalaron todas las pruebas y la calificación legal, que habían sido cuestionadas.

Sobre el agravante de la alevosía, el fallo sostiene que “la víctima fue maniatada y amordazada, reduciéndose así cualquier posibilidad de defensa”.

Al avalar la calificación de femicidio, los jueces mencionan que Montiel “cosificó” a Arrieta, que la desvalorizó y humilló al dejarla en ropa interior en una “conducta de indiscutible connotación sexual” y que “existió una relación desigual de poder, evidenciada en la desmedida violencia desplegada por el autor”.

El femicidio de Arrieta (31) fue cometido el 1 de marzo de 2018 y si bien en el caso no se obtuvieron evidencias científicas para probar un abuso consumado, según la investigación realizada por el fiscal de Morón Mario Ferrario el móvil del crimen fue un ataque sexual.

Según lo acreditado en el juicio, Montiel ingresó a las 12.45 del mediodía al local de venta de regalos «NyB» de Arrieta, situado en avenida Pedro Díaz 596, de Villa Tesei, partido de Hurlingham.

Allí, el delincuente maniató y amordazó a la mujer y con un arma blanca le efectuó un corte en el cuello, que le provocó la muerte.

Montiel estuvo prófugo cuatro días, hasta que el 5 de marzo de 2018 fue detenido cuando planeaba encontrarse con su novia en Avellaneda.

Entre las pruebas que llevaron a su condena figuran las imágenes de cámaras de seguridad que grabaron a Montiel cuando llegaba y cuando huía de la escena del crimen y escuchas realizadas a su teléfono celular, cuyo número la propia Arrieta había dejado anotado en un papel hallado en su local junto al nombre «Maxi».

También fue clave el hallazgo en poder de Montiel de una bolsa celeste con un termo y dos latas para yerba y azúcar iguales a las que vendía Arrieta en su local, un juego de llaves de la víctima y una mochila con un cuchillo con mango de madera.

Pero la evidencia científica que probó la presencia de Montiel en la escena del crimen fue el informe del sistema AFIS -la base de datos de improntas dactilares de personas con antecedentes-, que identificó como suya una huella dactilar encontrada en una lata plateada.

Todos estos elementos fueron cuestionadas por la defensa del imputado, pero en su fallo, la Sala I de Casación sostiene: “Las declaraciones rendidas en el juicio y la prueba ingresada por su lectura y/o exhibición al mismo, permiten reconstruir -con la certeza que la instancia requiere- el extremo de la autoría atribuida a Néstor Maximiliano Montiel”.

“En definitiva, frente al embate de la Defensa, debe reiterarse que el extremo de la autoría se sustentó en una serie de indicios que valorados de forma conjunta proporcionan el grado de convicción necesaria para el dictado de un pronunciamiento condenatorio”, concluyen.

Si este fallo de segunda instancia queda firme, Montiel deberá permanecer en la cárcel durante 35 años, por lo que no podrá salir de prisión hasta 2053, cuando tenga 73 años.