La Bicameral de Trámite Legislativo declaró inválidos decretos del macrismo sobre el manejo de escuchas y seguimientos
“Lo principal es que seguimos haciendo funcionar las instituciones en este contexto que estamos atravesando, y así estamos honrando el compromiso con una democracia cada vez más plena”, dijo Marcos Cleri, tras la sesión de este último martes de la Comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo que le toca presidir desde el Congreso Nacional.
“Entre lo resuelto se contó declarar inválidos los decretos 256/15 y 102/17, que establecieron el traspaso del departamento de Interceptación y Captación de las Comunicaciones desde la Procuración General de la Nación a la Corte Suprema de Justicia y después a jueces penales. Se trata de decretos cuya relevancia queda expuesta a partir de la reciente denuncia de la interventora de la Agencia Federal de Inteligencia sobre espionaje ilegal contra dirigentes, periodistas y empresas entre los que me cuento”, informó el diputado nacional santafesino.
“Lamentablemente la oposición no quiso debatir estos decretos argumentando cuestiones reglamentarias que no eran aplicables, tal vez especulando con posibles repercusiones mediáticas; y sus legisladores se retiraron de la reunión. El resto, con la mayoría necesaria, resolvió seguir sesionando y avanzar”, añadió el presidente de la Bicameral Permanente de Trámite Legislativo.
Además de declararse inválidos los referidos a las escuchas y seguimientos, emitidos durante la gestión presidencial de Mauricio Macri, la Comisión resolvió la aprobación de las otros cinco decretos cuyo tratamiento estaba previsto. Se trata del 487/2020, que prorroga la prohibición de efectuar despidos; el 488/2020, que establece precio para facturación de entregas de petróleo crudo en el mercado local; el 52/2019, que dispone la Intervención de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) por el plazo de 180 días prorrogables; y los que llevan los números 391/2020 y 402/2020, sobre la reestructuración de títulos públicos emitidos bajo ley extranjera.