El fiscal general ante la Cámara Nacional de Casación Penal, Javier Augusto De Luca, ratificó que los supuestos actos de torturas cometidos por ex militares argentinos contra soldados de su propia tropa durante la guerra de Malvinas constituyen crímenes de lesa humanidad y por lo tanto no prescriben, confirmaron fuentes judiciales.
El pronunciamiento de De Luca, a cargo de la Fiscalía 4 de Casación, se produjo en la causa judicial que desde 2007 tramita ante el Juzgado Federal de la ciudad de Río Grande, en la provincia de Tierra del Fuego. En el caso fueron ordenadas las declaraciones indagatorias de 18 ex oficiales y suboficiales de las Fuerzas Armadas a los que se les imputa haber «estaqueado» y «enterrado» a soldados durante el conflicto bélico, entre otros «tormentos y tratos crueles y degradantes».
Sin embargo, en forma paralela, continúa una disputa legal acerca de si esos hechos se encuentran prescriptos o si por su naturaleza deben ser investigados más allá del paso del tiempo.
La Cámara Federal de Comodoro Rivadavia (Chubut) resolvió en octubre de 2018 que la causa debía continuar, pero esa decisión fue recurrida por uno de los implicados, Jorge Oscar Ferrante, y así llegó a la Cámara de Casación Penal.
En ese contexto, el fiscal De Luca solicitó a los jueces que se declare a los hechos investigados como «crímenes de guerra o graves violaciones a los derechos humanos» y sostuvo que «se encuentra involucrada la responsabilidad internacional de Estado Argentino».
El fiscal citó como argumentos normas del derecho penal internacional, tratados internacionales con jerarquía constitucional y doctrina de la Corte Suprema de Justicia y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Según De Luca, la prohibición de la tortura y tratos inhumanos es «absoluta e inderogable, aún en tiempos de guerra, en caso de amenaza a la seguridad nacional o de lucha contra el terrorismo o por cualquier otra razón».
También sostuvo que las denuncias realizadas por soldados al regreso del conflicto bélico con Gran Bretaña de 1982, «no son meras inconductas, pequeñas faltas o delitos de menor entidad, sino que son hechos de suma gravedad por el grado de sufrimiento, humillación y el contexto en que ocurrieron».
La posible prescripción de estos hechos fue tratada con anterioridad a partir del planteo realizado por otro de los denunciados, Jorge Eduardo Taranto, quien logró que en 2009, la Sala I de la Cámara de Casación hiciera lugar a su pretensión y desestimara el juzgamiento de los hechos como crímenes de lesa humanidad.
No obstante, ante la acumulación de múltiples hechos nuevos, el debate volvió a instalarse, e incluso ahora el fiscal De Luca interpretó que aquel pronunciamiento de la Cámara «debe ser dejado sin efecto».
Mientras tanto, las indagatorias a los 18 ex militares imputados, previstas originalmente para la semana del 27 de junio al 3 de julio, fueron suspendidas el mes pasado por la jueza federal de Río Grande Mariel Borruto, con el argumento de que no cuenta con el «personal suficiente» ni con el «espacio» necesario en el juzgado.
Esa medida originó la reacción de entidades como el Centro de ex Combatientes de La Plata (Cecim) que interviene en la causa como parte querellante.