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¡Ahora sí! Santa Fe permite bares, reuniones familiares y actividades deportivas


La Casa Gris sacó el decretó que habilita estas actividades como así también las visitas a los cementerios. Villa Ocampo quedó exceptuada

El anunció de Alberto Fernández el pasado jueves encendió las expectativas en Santa Fe y tras el mismo, el gobierno provincial decretó que habilitan los bares y restaurantes, reuniones familiares y actividades deportivas todo en el contexto de distanciamiento social, preventivo y obligatorio debido a la pandemia de la covid-19

Ahora las autoridades de cada ciudad, pueblo o comuna tienen las facultades de disponer mayores restricciones en relación a los días, horarios, requisitos y modalidades particulares en sus distritos, para el pleno desarrollo de las actividades sin romper con las medidas de seguridad e higiene. En Rosario, el intendente Pablo Javkin ya anunció cómo trabajarán las nuevas actividades permitidas.

En cuanto a las actividades deportivas se permite que la realicen los mayores de 16 años de 7 a 19 horas, que no requiera contacto físico y deberán establecerse sistema de turnos. Además deben ser en espacios abiertos o suficientemente ventilados. No podrá haber espectadores, ni reuniones previas o posteriores a la práctica. También se deberá eliminar cualquier tipo de espacio de uso común, vestuarios u otras instalaciones interiores. Sólo se podrán utilizar baños exteriores.

El deportista debe concurrir por sus propios medios, llevar sus elementos individuales tato para la higiene, hidratación y prevención. Se debe cumplir rigurosamente con el distanciamiento personal y será obligatorio el uso de tapaboca tanto dentro como afuera de las instalaciones deportivas.

Los deportes individuales habilitados son: atletismo (excluidas las postas); arquería; automovilismo (sin acompañantes); tiro; BMX; motociclismo; running; ciclismo; canotaje, remo y kajak (individual); gimnasia artística y con aparatos; equitación; golf; halterafilia; marcha atlética; patín artísitico; windsurf; y kitesurf. Los deportes individuales en interacción con oponentes: tenis; pelota a paleta; tenis con paleta o criollo; fútbol tenis; tenis de mesa; padel; y bochas.

Se permite entrenamiento individual con interacción de juego, respetando la distancia de 6 metros entre los participantes, y sin compartir elementos deportivos. Además, se habilitan solo a los fines del entrenamiento individual boxeo; judo; lucha; y artes marciales.

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Los lugares deben tener puertas de ingreso y egreso, desinfectar el calzado de quienes lleguen y garantizar la limpieza de las superficies u objetos de uso frecuente. También deberán llevar un registro diario de los asistentes en los distintos horarios.

Las reuniones familiares, según dicta el decreto, deben ser de hasta 10 personas, los días habilitados son los sábados, domingos y feriados, entre las 9 y las 19 en domicilio particulares con una adecuada ventilación y cumpliendo las medidas de prevención dispuestas por las autoridades sanitarias, distanciamiento personal y el uso obligatorio de tapaboca.

Las reuniones deberán efectuarse a 30 kilómetros a la redonda de su residencia. Esto no se considerará para los desplazamientos entre las localidades comprendidas en el Gran Rosario y Gran Santa Fe.

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Por su parte, los bares y restaurantes tendrán que imponer un sistema de reserva previa, garantizando el distanciamiento social entre los asistentes. El local sólo podrá estar ocupado entre un 30 y un 50%.

Los dueños deberán tomar medidas de desinfección de calzado de los asistentes y la limpieza de las superficies y objetos de uso frecuente.

Será obligatorio el uso obligatorio de manera correcta por parte del personal del establecimiento del tapaboca. Deberán llevar un registro diario de los asistentes en los distintos horarios.

A la hora de visitar cementerios, la Provincia dispuso, que las localidades que habiliten esta práctica deberán resguardar las medidas de higiene y seguridad dispuestas por las autoridades sanitarias.

Además, cada vez que una persona quiera participar de alguna de las actividades que se habilitaron deberán registrarse en la aplicación móvil COVID-19 PROVINCIA DE SANTA FE. Allí completaran un formulario que será tomado como una declaración jurada. Quienes no cuenten con un dispositivo móvil podrán imprimir la constancia ingresando a www.santafe.gov.ar/coronavirus/salidas.

Si un menor de edad debe desplazarse, el adulto responsable es quién se hace cargo y referenciará en la aplicación los datos de ambos.