Sin categoría

San Bernardo

Condenaron a una distribuidora de gas por dos muertes por monóxido


La empresa Gas de la Costa fue condenada por la muerte de una pareja a causa de intoxicación con monóxido de carbono en un departamento que alquilaron para pasar las vacaciones de verano en el balneario bonaerense de San Bernardo, en enero de 2006, informaron este viernes los abogados de las víctimas.

La empresa, que había sido absuelta en 2017 por un juzgado de primera instancia de la Ciudad de Buenos Aires, fue condenada junto a los propietarios del departamento y el consorcio del edificio Atlántico IX, donde murieron Leonardo Bastons (30) y su pareja Natalia (28) por el monóxido de carbono liberado por la cocina y el calefón del departamento que alquilaban.

Luego de la muerte de la pareja, sus familiares emprendieron una batalla judicial y, finalmente, el Juzgado Civil 2 de cuidad de Buenos Aires condenó a los propietarios y al consorcio del edificio el año pasado.

La abogada querellante, Déborah Huczek, quien fue pareja de Leonardo y es madre de su hija, apeló el fallo solicitando que se extienda la condena en contra de la empresa distribuidora del servicio.

Finalmente, esta solicitud tuvo una respuesta favorable en la Sala M de la Cámara Civíl integrada por los jueces Mabel Alicia de los Santos, Elisa Diaz de Vivar y María Isabel Benavente, que amplió la condena a la empresa Gas de la Costa.

«Tal como consideró la Cámara, la empresa distribuidora del servicio de gas no cumplió su obligación ni supervisó periódicamente las instalaciones defectuosas para adoptar, en su caso, las medidas preventivas que resultaran procedentes», indicó Huczek.

Esta sentencia implica que todos -propietarios del departamento, consorcio y empresa- son responsables de la muerte de Leonardo y su pareja, y por ende deberán responder y pagar una indemnización a favor de los familiares. Gas de la Costa no acató la sentencia y presentó una queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Según Huczek, la petición de la empresa ante el máximo tribunal es improcedente y debería ser rechazada «en virtud de que no hay cuestión federal ni arbitrariedad en el fallo, requisitos indispensables para que la Corte acepte tratar el recurso».

Además Huczek detalló que, después de la muerte de la pareja, «Gas de la Costa clausuró el gas en todo el edificio porque se comprobó que las ventilaciones eran una fachada, los tubos de ventilación estaban incorrectamente instalados y el calefón que liberaba monóxido estaba tapado con hollín, la cocina liberaba gas, entre otras irregularidades».