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Los amparos contra las prepagas incuban un megajuicio


Extender los 80 fallos contra Osde a Swiss Medical y agrupar todos en procesos colectivos es un comienzo de abaratamiento de la acción legal y fácil acceso de más querellantes

Con el 8% de aumento de la cuota de abril, las prepagas acumulan en cuatro meses 114%, contra no más del 53% de inflación entre la de enero y la estimada para marzo.

El argumento que dan es que están compensando la pérdida del año pasado, con los precios regulados por el Estado, cuando los planes de salud fueron autorizados a subir 134% en los doce meses contra 211,4% que cerró la inflación.

Además, esgrimen un estudio realizado por Mercer Marsh Beneficios, según el cual el 86% de los trabajadores no alcanza a cubrir la mensualidad con sus aportes, para ir por más.

Los 7 millones de afiliados en total en general reaccionan indignados, y buena parte manifestó su intención de presentarse a la Justicia.

Desde que las empresas de medicina privada quedaron liberadas para fijar el monto de las cuotas que les cobran a los afiliados, a partir del mega-DNU lanzado por el nuevo Gobierno que aún no fue homologado por el Congreso, en distintos juzgados se dictaron medidas cautelares para volver atrás esos incrementos y que sean relacionados con la evolución del Índice de Precios al Consumidor o con índices salariales.

De este modo, se gestó un proceso colectivo con los afiliados que habían iniciado acciones contra Osde y adhirieron, 80 en total, para extender a las cautelares contra Swiss Medical en los juzgados federales de San Martín.

Este paso simplificaría el procedimiento legal considerándolo de clase y, en consecuencia, bajaría el costo del pleito alentando masivas demandas.

Basta con echar un vistazo en las redes sociales para inferir que se podría estar incubando una bola judicial de impredecible alcance.

Se suman tuits de ese tenor:

  • Cuota de marzo, una persona y un mayor a cargo: $384.000
  • Cuota de abril, una persona y un mayor a cargo: $ 457.000
  • Cuota $210.000 en abril, 2 personas, máxima prestación
  • Cuota $180.000. No puedo bajar plan porque tengo que pagar los tratamientos que no me los cubrirían al 100, ni tampoco los medicamentos, aunque la ley lo impida. Soy trasplantado renal.
  • Progresión cobertura de mi madre: diciembre $71.500, enero $94.600; febrero $132.300; marzo $169.300, y abril $201.500. O sea, 182% en cinco meses.
  • Marzo $ 275.000, abril $ 350.000.
  • Obra Social 1era Categoría. Familia 5 Personas pasa de $ 347.000 a $ 576.000.

Pese a que el proceso colectivo de los 80 amparos contra Osde recién se extendió a las causas contra Swiss Medical en la justicia de San Martín, amenaza con propagarse como reguero de pólvora a otros tribunales, donde también se ha venido aplicando ese recurso preventivo.

Bola de nieve

La Justicia continúa dictando medidas cautelares contra los sucesivos aumentos que han dispuesto las empresas de medicina prepaga tras el DNU 70/23 del Poder Ejecutivo Nacional (PEN).

Los fallos son para casos concretos y en su mayoría favorables a jubilados.

Los hubo en Entre Ríos contra Osde, y otras prepagas, como Médicus y Quálitas, también recibieron fallos en contra, con lo que podría engrosarse la nómina de procesos colectivos al abrirse el abanico de las demandas, aunque clasificando los casos para poder agruparlos según las características.

Magistrados como el de San Martín, Oscar Papayero, ordenó a Swiss Medical que «proceda a la facturación de las cuotas al valor de la cuota de diciembre de 2023, efectuando los ajustes mensuales que resulten de aplicarle el Índice Salarial que publica el INDEC».

El Juzgado Federal Nº 2 de Concepción del Uruguay (Entre Ríos), a cargo de la jueza María Isabel Caccioppoli, había dictado una cautelar que suspende el aumento del 86,8% de enero a marzo, para una afiliada de 69 años, afiliada desde hace 30, quien adujo no poder pagarlo.

El fallo es aplicable a todos los que contrataron a esa prepaga y les aumentaron en base al DNU 70, de modo que, de individual, esa acción puede extenderse a usuarios de una misma «clase» en empresas de medicina prepaga.

Médicus fue alcanzada asimismo por una de las más recientes medidas cautelares dictada por la cámara comercial, que la obliga a retrotraer la cuota a diciembre de 2023, y efectuar los ajustes mensuales que resulten de aplicar el Índice salarial que publica el Indec sobre los siguientes períodos.

La medida dictada en su contra implica que debe dejar sin efecto los aumentos realizados en aplicación del DNU 70/23 hasta que se resuelva la acción.

Los argumentos de defensa presentados por Médicus, que difícilmente hagan revertir la decisión judicial, no hacen más que dilatar el proceso, ya que interpuso un recurso de aclaratoria sobre el porcentaje que debe aplicar, ya que se trata de índices que aún no fueron publicados. 

Contexto hiperinflacionario

El descargo cuestiona que se haya adoptado la medida judicial  “a pesar de encontrarnos en un contexto hiperinflacionario que ha colocado y coloca en grave riesgo la continuidad de las prestaciones y del sistema de salud que se encuentra colapsado entre otras cosas por aumentos de insumos, prestaciones, honorarios de profesionales y provisión de elementos de origen importado, los cuales aumentan incluso por encima de la inflación, que ya es elevada estando en un estado de absoluta emergencia sin solución alguna”.

Añaden que “la inflación proyectada para el 2024 es de un IPC promedio del 280%, por ello pretender se deje sin efecto todos los aumentos con el atraso que hay en todos los niveles de salud sumado a esta nueva suspensión sería catastrófico para nuestro sector produciendo consecuencias gravosas para todos los asociados incluida la parte actora”.

Descarta que estuviera configurado el riesgo o peligro del afiliado, ya que, aduce, podría atenderse en un hospital público en caso de no poder seguir pagando una cobertura privada.

Deslinda responsabilidades respecto de la cobertura médica de una medicina prepaga de la cual se pretende fijar un precio, porque no reemplaza, ni supedita la atención de los actores ante el sistema de salud pública, es decir “tampoco estaría acreditado el riesgo o el peligro en la demora desde un principio, toda vez, que los mismos pueden acceder al sistema de salud público gratuito en caso de no poder abonar una cobertura privada”, según dice en la presentación.

Y alega haberle dado la posibilidad al amparista de acceder a planes de menor costo respetando la antigüedad y “sin cobro de carencias ni preexistencias al momento del cambio de plan”.

Piden que el Ministerio de Salud se integre en el proceso judicial en marcha por haber asumido «el rol de garante de los derechos a la salud y a la vida, más allá de las obligaciones que pesen sobre los prestadores de salud”.

En ese sentido, Médicus advirtió sobre el desfinanciamiento de las prepagas y del sistema de salud que integran.