Policiales

Crimen de Fernando Báez Sosa: cinco de los ocho rugbiers fueron condenados a cadena perpetua


Máximo Thomsen, Ciro Pertossi, Enzo Comelli, Matías Benicelli y Luciano Pertossi fueron considerados coautores del delito. En tanto, Blas Cinalli, Ayrton Viollaz y Lucas Pertossi fueron sentenciados a 15 años de prisión

Los rugbiers Máximo Thomsen, Enzo Comelli, Matías Benicelli, Ciro y Luciano Pertossi fueron condenados a la pena de prisión perpetua por ser coautores del delito de homicidio doblemente agravado de Fernando Báez Sosa.

En tanto, Ayrton Violazz, Blas Cinalli y Lucas Pertossi recibieron una condena de 15 años de prisión por ser partícipes secundarios.

Así lo decidió el Tribunal Oral en lo Criminal número 1 de la ciudad de Dolores, integrado por María Claudia Castro, Emiliano Lazzari y Christian Rabaia que, a su vez, rechazó por unanimidad el plantel de nulidad hecho por el abogado de los acusados, Hugo Tomei.

La audiencia comenzó a las 13.17, cuando el secretario del tribunal, Federico Omar Marasco, inició la lectura de la parte resolutiva de la sentencia.

Antes, el abogado defensor de los rugbiers pidió que los ocho acusados puedan escuchar la sentencia de pie, lo que fue autorizado por el tribunal.

Seis minutos después, se escuchó la pena máxima para cinco de los acusados y las otras tres condenas para los partícipes secundarios.

Tras escuchar el veredicto condenatorio y el monto de la pena, Máximo Thomsen se descompensó, lo que obligó al tribunal a interrumpir la lectura durante cinco minutos y desalojar la sala de audiencias.

Los jueces pidieron además que se investigue a Juan Pedro Guarino y a Tomás Colazo, dos de los rugbiers que no llegaron a juicio oral, por los delitos de falso testimonio, tal como había sido solicitado la fiscalía.

Apenas finalizada la audiencia, los rugbiers fueron trasladados nuevamente a la Unidad Penal 6 de Dolores, a la espera que se resuelva si son nuevamente alojados en la cárcel de La Plata.

En sus alegatos de cierre, tanto los fiscales Juan Manuel Dávila y Gustavo García como los abogados Fernando Burlando y Fabián Améndola, quienes representan a los padres de la víctima en calidad de particulares damnificados, habían considerado que debían ser condenado los ocho imputados como coautores del delito de «homicidio doblemente calificado, en concurso ideal con lesiones leves», por los golpes sufridos por amigos de Báez Sosa que intentaron ayudarlo.

El defensor de los imputados, Hugo Tomei, consideró por su parte en su alegato que todos ellos deberían ser absueltos por la «incongruencia» entre la acusación original y la planteada por la fiscalía al momento de pedir la pena.

Pidió además, que en caso de ser condenados por el tribunal, el hecho sea encuadrado como un «homicidio en riña», que prevé una pena máxima de seis años de prisión, lo que permitiría a los imputados acceder casi de manera inmediata a una libertad condicional, por los tres años que llevan con prisión preventiva.

Tomei planteó subsidiariamente ante el TOC que se consideren las figuras de «homicidio simple con dolo eventual» -con una pena en expectativa de 8 a 25 años- o de «homicidio preterintencional» -de 3 a 6-.

El hecho que se les imputó a los condenados ocurrió el 18 de enero del 2020 a la salida del boliche «Le Brique» de la ciudad de Villa Gesell y quedó filmado por varias cámaras de seguridad y teléfonos celulares de personas que se hallaban en el lugar.

Antes de saber la pena, Hugo Tomei, el abogado de los ocho acusados, pidió la palabra para solicitar si podían pararse para escuchar la sentencia, lo que fue avalado por los jueces.