Siguen con pedido de captura internacional los sindicados como principales responsables de esa organización espiritual, Leonardo Cositorto y Maximiliano Batista
Hasta el momento suman 16 los detenidos en la causa que se investiga a Generación Zoe por presuntas ‘estafas reiteradas y asociación ilícita’, en tanto continúan prófugos y con pedido de captura internacional los sindicados como principales responsables de esa organización espiritual, Leonardo Cositorto y Maximiliano Batista, informaron fuentes judiciales.
Fuentes vinculadas con la investigación informaron que con la detención de Florencia Álvarez, quien se presentó espontáneamente en la Fiscalía de Villa María, Cositorto y Batista son los únicos que se mantienen en calidad de prófugos que, según lo que se conoce públicamente, se encontrarían en el exterior.
Mientras tanto la fiscal Juliana Companys, a cargo de la investigación, continúa con la recepción de pruebas documentales y materiales, además de avanzar con las indagatorias, y una vez concluida con esa instancia resolver la situación procesal de cada uno, particularmente sobre la eventual responsabilidad penal y continuidad o no de la prisión preventiva.
La causa se conoció el 18 de febrero último luego de varios operativos de allanamientos ordenados por la fiscal Companys en Villa María y Buenos Aires, a partir de denuncias promovidas por ahorristas damnificados que habían invertido en Generación Zoe con promesas de importantes dividendos en conceptos de intereses.
El presunto ilícito consistía en captar inversores que aportaban capital, que la organización mantenía cautivo, y mensualmente se pagaban rentabilidad de hasta alrededor del 20% mediante un sistema piramidal que se conoce como esquema ‘ponzi’.
Paralelamente a la causa que se instruye en Villa María, sede principal de Generación Zoe, el organismo de Inspección General de Justicia (IGJ) también inició acciones legales en contra de Generación Zoe que se encuentran radicadas en el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 14, Sec. 28, y el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 26, Secretaría N° 51.