En su mayoría, quienes trabajan en casas particulares son mujeres. En la actualidad, se mejoró mucho el régimen legal que los ampara y se equipararon sus derechos a las consideraciones de la ley de contrato de trabajo. Un ejemplo de ello es el cálculo de la indemnización.
Lo antes considerado trabajo doméstico puede incluir el cuidado de hijos, adultos mayores o la limpieza de los hogares.
El abogado laboralista Jorge Elías indicó a CLG que «lamentablemente» existe una vieja costumbre que no cambió con el tiempo ni las modificaciones legales en torno a estas tareas: la no inscripción.
«Hay quienes trabajan toda una vida y al momento de jubilarse no pueden hacerlo porque no tienen los aportes», remarcó el letrado. A su vez, manifestó que otro de los riesgos que se corre es el de que el empleador les diga, de un día para el otro, que dejen de ir a trabajar.
Esto termina siendo un arma de doble filo, porque los empleadores corren riesgos también a la hora de despedir a trabajadores de casas particulares. «La indemnización, si no está registrado como se debe, se paga el doble. Es decir, si tiene 10 años de antigüedad y la indemnización debe ser de 11 sueldos si está anotada o de 22, en el caso de que no lo esté», puntualizó.
«Existen derechos que deben ser respetados», subrayó Elías.
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