La justicia española puso en evidencia que el miedo histórico que tienen los trabajadores u obreros a ser reemplazados por robots que desempeñen su misma tarea, tiene un límite. Es que un caso sentó un precedente importante para evitar que las personas sean sustituidas por máquinas que al cumplir su labor, no se cansan ni necesitan dormir. Se declaró improcedente el despido de una empleada de Lopesan Hotel Management SL que, después de 13 años de servicio, fue sustituida por un programa informático o bot de gestión y la empresa deberá pagar una indemnización.
El grupo deberá readmitir a la afectada en cinco días desde la notificación del fallo o aumentar su indemnización a 28.305 euros, indicó el diario El País. El monto del pago corresponde a 33 días de salario por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades.
La sentencia también establece que la empresa debe indemnizar a la mujer con 863 euros más intereses, por omitirse el preaviso de despido que debería haberse llevado a cabo en una extinción de contrato injustificada, que es lo que se ha acreditado en el proceso, según la legislación de ese país.
Según el juez Javier Ercilla de Las Palmas de Gran Canaria, un robot no puede suplir a un empleado sin explicación ni consecuencias o con la única excusa de reducir costos ya que eso significa reducir el derecho al trabajo para “aumentar la libertad de la empresa”.
Los detalles del caso
La empleada afectada desempeñaba desde 2006 su labor en las oficinas centrales de la multinacional turística de origen grancanario como oficial de contabilidad. Sin embargo, en diciembre del pasado año la firma adquirió la licencia de Jiodka, un RPA (sigla en inglés de automatización robótica de procesos) para la gestión de cobros.
La máquina realizaba tareas todos los días laborales desde las 17.15 hasta la madrugada de la siguiente jornada, mientras que en los festivos trabajaba las 24 horas. En tan sólo unos meses, ella y otros compañeros de su mismo departamento fueron despedidos.
Las causas que alegaban desde la empresa eran «técnicas, organizativas y productivas” para justificar el despido. Durante el proceso judicial dijo basarse en “informes de futuro sobre el desalentador panorama del sector en las islas”. Cabe destacar que en los últimos años el archipiélago registró cifras récord en llegada de turistas.
Ante esta explicación, el juez puntualizó en su sentencia que la reforma laboral aprobada en 2012 “no exime al empleador del deber de acreditar que real y efectivamente atraviesa por dificultades de cierta entidad para cuya superación es medida adecuada y razonable la extinción de contratos de trabajo”. Considera, por lo tanto, que el grupo hotelero no aportó documento alguno que probara su supuesta “mala salud económica” en el momento de ordenar el despido.
Con información de diario El País