El gobierno nacional estableció un régimen simplificado opcional de importación para consumo para los habitantes nacionales con residencia permanente en zonas fronterizas.
Lo hizo a través de la Resolución General Conjunta 4430/2019 de los ministerios de Seguridad y de Producción, y de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), publicada hoy en el Boletín Oficial.
Se precisó que este régimen será de aplicación a las importaciones que se realicen por las aduanas y sus respectivos pasos fronterizos que determinen en forma conjunta los ministerios involucrados y la AFIP.
Las importaciones podrán efectuarse al amparo de este régimen, cuando el importador se encuentre inscripto en el Registro de Importadores/Exportadores y esté habilitado para operar.
También cuando la actividad comercial del importador se desarrolle en jurisdicción de la aduana comprendida, y el valor FCA (franco transportista) de cada operación no supere la suma de US$ 500, no acumulable, con un máximo de una al día, y 24 al mes por cada operador.
Asimismo incluye en el régimen cuando se trate de mercaderías nuevas sin uso y sin reacondicionar, procedentes del país limítrofe, acreditando dicha condición mediante la correspondiente factura comercial o documento equivalente.
La normativa indicó que el tráfico de importación llevado a cabo en ciertas zonas de frontera presenta características operativas que imponen la necesidad de establecer procedimientos especiales, en relación con determinados aspectos de naturaleza aduanera, de política de comercio exterior y de la preservación de la seguridad.
En consecuencia, consideró que deben formularse adecuaciones a la operatoria vigente, que contribuyan a un tratamiento simplificado para las importaciones que se realicen con arreglo al régimen que se estructura, en tanto las mismas resulten de menor cuantía e involucren a sujetos radicados en esos territorios.
La resolución sostuvo que el nuevo régimen permitirá que los pequeños operadores se integren al circuito de comercio exterior en mejores condiciones de operatividad y competencia que las actuales.