Política y Economía

Vizzotti, Ibarra y Nicolini defendieron en el Congreso el DNU de las vacunas


Las funcionarias nacionales fueron invitadas para explicar los cambios dispuestos la semana pasada en la ley de vacunas aprobada el año pasado por el Congreso

La secretaria Legal y Técnica de la Presidencia, Vilma Ibarra, aseguró este martes que la intención del gobierno al dictar el reciente decreto de necesidad y urgencia que allana el camino para la firma de contratos con laboratorios estadounidenses productores de vacunas contra el coronavirus es permitir avanzar con la adquisición de «un inmunizante para uso pediátrico» en el marco del Plan de Vacunación.

«La única opción para contratar vacunas con los laboratorios estadounidenses era la modificación de la ley» de vacunas, que se realizó a través de un DNU del Poder Ejecutivo porque había «necesidad y urgencia porque hacía un mes que Pfizer había aprobado» un inmunizante «para uso pediátrico», aseveró la funcionaria al exponer sobre el DNU 431/2021 ante la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo junto a la ministra de Salud, Carla Vizzotti, y la asesora presidencial Cecilia Nicolini.

Por su parte, la titular de la cartera sanitaria enmarcó la decisión de avanzar con un decreto en el contexto de «una situación inédita y dinámica» como la que impone la pandemia de coronavirus, y puso el acento en lo que respecta a «ensayos clínicos en los menores de 18 años y en particular niños, niñas y adolescentes con comorbilidades».

«El objetivo y la importancia de contar con una norma actualizada del marco legal, no es solamente en contratos bilaterales sino también en oportunidades que han surgido en el último tiempo en el marco de una situación inédita y dinámica», indicó Vizzotti en su exposición.

 

En este punto, precisó: “Estamos trabajando en recibir la información que también tiene el eje regulatorio y el eje de los ensayos clínicos en los menores de 18 años, y en particular en niños, niñas y adolescentes con comorbilidades”.

En tanto, la secretaria Legal y Técnica de la Presidencia dijo que el DNU 431/2021 «permitirá aumentar la cantidad de vacunas para la población» y al mismo tiempo «facilitar la recepción de donaciones y provisiones a través del mecanismo Covax».

«El eje central fue contar con la mayor cantidad de vacunas de todos los proveedores posibles. El sistema de contratación es pública; tiene sus reglas”, sostuvo Vilma Ibarra en su exposición.

Por su parte, Vizzotti destacó que hasta esta mañana se recibieron en el país casi 28 millones de dosis de vacunas contra el coronavirus y «tenemos 8 millones de dosis para recibir este mes, en diez vuelos desde ahora hasta mediados de julio».

«Contamos con casi 28 millones de dosis, de las cuales ya se ha distribuido el 95%», subrayó la funcionaria.

«El 58 por ciento de las personas mayores de 20 años han iniciado su esquema de vacunación», remarcó la ministra, quien destacó que, en el caso de los mayores de 50 años, «lo hizo el 85 por ciento, y en los mayores de 60 se eleva al 89 por ciento».

Además, dijo que «el 44 por ciento de los mayores de 70 ya han completado su esquema de vacunación» y ratificó que «se está trabajando fuertemente para recibir la segunda dosis de la vacuna Sputnik V».

A lo largo de su exposición las funcionarias explicaron a los legisladores sobre la decisión adoptada para regular y adecuar la ley de vacunas a través del DNU del viernes pasado.

Uno de los cambios centrales del DNU es el que elimina la causal de «negligencia» como atributo de responsabilidad del proveedor y reemplaza los términos «maniobras fraudulentas y conductas maliciosas» por «conductas dolosas», concepto incluido en el artículo 1724 del Código Civil y Comercial de la Nación.

Además, se faculta al Ministerio de Salud a «incluir en los contratos que celebre para la adquisición de vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el coronavirus cláusulas que establezcan condiciones de indemnidad patrimonial respecto de indemnizaciones, con excepción de aquellas originadas en conductas dolosas por parte de los sujetos aludidos».

Otro eje del proyecto es la creación del «Fondo de Reparación Covid-19» para responder al pago de indemnizaciones ante la eventualidad de que alguna persona pueda ser dañada por la aplicación de una vacuna.

El artículo 3° incorpora como artículo 8° bis de la Ley 27.573 la creación del Fondo, cuyo objeto es «el pago de indemnizaciones a las personas humanas que hayan padecido un daño en la salud física, como consecuencia directa de la aplicación de la vacuna destinada a generar inmunidad adquirida contra el coronavirus».

Además, establece que «la indemnización a cargo del Fondo por la muerte o incapacidad física total y permanente del damnificado será igual a 240 veces el haber mínimo jubilatorio».

También señala que el Fondo deberá constituirse con una suma igual al 1,25% del valor FCA (Free Carrier, según Incoterms 2020) por dosis de las vacunas suministradas.