Otros dos maestros presuntamente involucrados en los aberrantes hechos fueron absueltos por el beneficio de la duda
La justicia de La Pampa condenó hoy a 12 años de prisión a un docente por los abusos sexuales cometidos contra dos niños de un jardín de infantes de la ciudad de 25 de Mayo, mientras que a otros dos maestros involucrados en la causa fueron absueltos por el beneficio de la duda, informaron fuentes judiciales.
El decisión de la Sala B del Tribunal de Impugnación Penal (TIP), conformada por los jueces subrogantes Carlos Chapalcaz y Carlos Ordas, alcanzó a Marcelo Tatavitto Roade, quien fue hallado autor de los delitos de «abuso sexual gravemente ultrajante», agravado por «haber provocado un grave daño en la salud mental de un menor», y de «abuso sexual gravemente ultrajante en perjuicio de otro niño».
En el proceso judicial, los magistrados hicieron lugar parcialmente a los recursos de impugnación presentados por los defensores particulares y por eso también revocaron parcialmente el fallo dictado oportunamente por el propio TIP, aunque con otra integración.
En otro tramo de la parte resolutiva del fallo, los jueces decidieron absolver, por «existir duda razonable», al propio Tatavitto Roade por un tercer hecho y a Gabriela Angélica Bastías y Oscar Aníbal López.
Tatavitto Roade, que en otro juicio había sido condenado a 18 años de prisión, ahora recibió la pena de 12 años pero fue absuelto por el delito de abuso sexual gravemente ultrajante en perjuicio de un tercer menor, en carácter de partícipe.
En tanto, Bastías y López habían sido condenados a siete años por abuso sexual gravemente ultrajante en perjuicio de un menor, en carácter de partícipes.
Los jueces ordenaron a Tatavitto Roade cumplir con las medidas de restricción oportunamente impuestas, como informar sobre su domicilio, presentarse cada 20 días ante la Oficina Judicial de Santa Rosa, no salir del país, no acercarse a menos de 500 metros del jardín donde era docente, y abstenerse de mantener contacto absoluto con las víctimas, todo ello, bajo apercibimiento de revocar su libertad en caso de incumplimiento.
En cambio, cesaron las medidas de restricción que recaían sobre Bastías y López.