Política y Economía

Todos los detalles de la suma fija para trabajadores: cuánto tengo que ganar para cobrarla


Al ser “no remunerativa” no tiene un pleno impacto en todos los ítems que contiene la remuneración salarial

La ministra de Trabajo, Raquel “Kelly” Olmos, precisó que la suma fija de $60.000 la percibirán aquellos que cobren hasta $400.000 de bolsillo.

¿Cómo?

Se cobrará en dos tramos de $30.000 que las empresas deberán pagar dentro de los primeros 15 días hábiles del mes, o sea a lo largo de las tres primeras semanas.

¿Cuándo?

La suma fija se cobra en septiembre y octubre porque complementa los salarios de agosto y septiembre.

¿Qué quiere decir que es “no remunerativa”?

No suma para calcular el aguinaldo.

No suma para calcular horas extras.

No suma para el cálculo de vacaciones si las tomé en agosto o las tomo en septiembre.

No suma para premios o compensaciones.

No queda incluida en el sueldo salvo que lo incorpore la paritaria.

¿Qué tiene que pasar para que se reabra la paritaria y quede incluida en el sueldo?

Que el gremio la pida, que el sector empresarial acepte la revisión y que luego sea homologado por el Ministerio de Trabajo.

¿Qué quiere decir que es “absorbible” por paritaria?

Si gano en mano $200.000 y ya tenía pactado un aumento de 10% en agosto –o sea mi sueldo de bolsillo pasaba a $220.000- sólo recibiré $10.000 como “suma fija”.

En caso que para septiembre se hubiera pactado un nuevo aumento de 10% el sueldo a cobrar en octubre sería de $244.200 y no recibiría nada en concepto de suma fija.

La única posibilidad es que una negociación paritaria modifique la situación. De todas formas cabe aclarar que la letra chica del Decreto puede definir un escenario distinto.

¿Qué pasa con mi sueldo en octubre?

Ya no se cobran los $ 30.000 de suma fija y sólo quedarán los aumentos pactados por paritarias.

¿Qué pasa si en el recibo tengo un ítem “a cuenta de futuros aumentos”?

La suma fija puede descontarse de ese monto. El Ministerio no dio precisiones al respecto y se definirá con la letra chica del Decreto.

¿Qué pasa si ya cobré o estoy por cobrar el sueldo de agosto?

El empleador deberá hacer el pago complementario con el recibo correspondiente.

¿Qué pasa si trabajo “en negro” o no estoy registrado formalmente?

Queda a criterio del empleador. La norma sólo alcanza a trabajadores formales.

¿Qué pasa si no me pagan la suma fija?

Se debe hacer la denuncia ante el Ministerio de Trabajo y puede ser en forma anónima.

¿Qué pasa si tengo dos trabajos?

Cobro en forma proporcional en cada trabajo. Por ejemplo: Trabajo 8 horas en un convenio que tiene ese mínimo diario cobro $30.000. Si además sumo un segundo trabajo de menor tiempo -4 horas en convenio de 8 horas- cobro $15.000.