La pregunta que muchos se hacen cuando comienza el año o incluso un poco antes de que lo haga es ¿cuáles son los feriados? Para el 2019, el Ministerio del Interior de la Nación publicó la lista de todos los días no laborables que habrá.
Doce días serán feriados inamovibles, es decir, no importa que día caigan se celebrarán en la fecha exacta, como carnaval o acontecimientos históricos. Otros cuatro se correrán para alcanzar así 8 fines de semana largos.
El calendario completo:
Enero
Martes 1: Año nuevo, (feriado inamovible).
Febrero
Sin feriados.
Marzo
Lunes y martes 4 y 5: Carnaval, (feriado inamovible).
Domingo 24: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia, (feriado inamovible).
Abril
Martes 2: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas, (feriado inamovible).
Jueves 18: Jueves Santo. No laborable.
Viernes 19: Viernes Santo, (feriado inamovible). Fin de semana largo de Pascua.
19, 20, 21, 25, 26 y 27: Pascuas Judías. No laborable, sólo para habitantes que profesen la religión judía. Ley 23.399.
Miércoles 24: Día de acción por la tolerancia y el respeto entre los pueblos, en conmemoración del genocidio armenio. No laborable para empleados y funcionarios de organismos públicos y alumnos de origen armenio. Ley N° 26.199
Mayo
Miércoles 1: Día del Trabajador, (feriado inamovible).
Sábado 25: Día de la Revolución de Mayo, (feriado inamovible).
Junio
Martes 4: Fiesta de la Ruptura del Ayuno del Sagrado Mes de Ramadán. Día no laborable sólo para habitantes que profesen la religión islámica. Ley 23.399.
Lunes 17: Día Paso a la Inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes. Fin de semana largo.
Jueves 20: Día Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano, (feriado inamovible).
Julio
Lunes 8: Día no laboral con fines turísticos. Fin de semana largo.
Martes 9: Día de la Independencia, (feriado inamovible).
Agosto
Domingo 1: Fiesta del Sacrificio. Día no laborable sólo para habitantes que profesen la religión islámica. Ley 23.399.
Sábado 17: Paso a la Inmortalidad del Gral. José de San Martín.
Lunes 19: Día no laboral con fines turísticos. Fin de semana largo.
Sábado 31: Año Nuevo Islámico. Día no laborable sólo para habitantes que profesen la religión islámica. Ley 23.399.
Septiembre
Domingo y lunes 29 y 30: Año Nuevo Judío. No laborable, sólo para habitantes que profesen la religión judía. Ley 23.399.
Octubre
Martes 1: Año Nuevo Judío (Rosh Hashaná). No laborable, sólo para habitantes que profesen la religión judía. Ley 23.399.
Martes y miércoles 8 y 9: Día del Perdón (Iom Kipur). No laborable, sólo para habitantes que profesen la religión judía. Ley 23.399.
Sábado 12: Día del Respeto a la Diversidad Cultural.
Lunes 14: Día no laboral con fines turísticos.
Noviembre
Lunes 18: Día de la Soberanía Nacional (20/11, se adelanta).
Diciembre
Domingo 8: Inmaculada Concepción de María, (feriado inamovible).
Miércoles 25: Navidad, (feriado inamovible).