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Tras la suspensión de la final

Scioli: «Es imprescidible una ley para enfrentar a las barras bravas»


El diputado nacional Daniel Scioli calificó este lunes de «imprescindible» la reactivación de una ley para enfrentar a las barras bravas en el fútbol argentino, luego de los incidentes que obligaron a postergar dos veces la revancha de la final de la Copa Libertadores entre River y Boca.

«El proyecto de ley perdió estado parlamentario, pero sigo pensando que ese es el camino hacia una solución definitiva. Es un momento oportuno para discutirlo y llegar a consensos necesarios para llegar a una nueva ley», afirmó el representante del Frente para la Victoria en la Cámara baja, donde preside la Comisión de Deporte.

En ese sentido, recordó que en 2013, como gobernador de la Provincia de Buenos Aires, dotó «a jueces y fiscales de una herramienta eficaz para descabezar las mafias que operan en los clubes de fútbol».

«Lo primero que observé y denuncié es la connivencia entre dirigentes de diversos ámbitos con los jefes de estas asociaciones ilícitas enquistadas en nuestro fútbol», explicó. Y agregó: «Mediante la sanción de la ley provincial 14681 creamos en el ámbito del Ministerio Público las Unidades Fiscales de Investigación y Juicio, especializadas en violencia en espectáculos deportivos y delitos conexos. Asimismo, se creó el Observatorio de Violencia en Espectáculos Deportivos».

«También entendí que había que atacar a su principal fuente de financiamiento, la reventa de entradas. En tal sentido, decidí que había que incorporar al Código Penal Argentino la figura del «barra brava», la cual no estaba tipificada, generando ante su ausencia el efecto de la «puerta giratoria», esto es, se produce una detención y se cae en una figura muy laxa como es la de la asociación ilícita. El resultado es el de siempre, los delincuentes recuperan su libertad a las 48 horas», completó.

Scioli indicó que el proyecto de ley fue presentado por el entonces diputado nacional Martín Insaurralde y «era una modificación al Código Penal Argentino que tipificaba el delito de barra brava, entendiendo que son organizaciones delictivas que responden a jefaturas y, por tanto, de comprobarse «pertenencia» por parte del o los detenidos, les corresponderían penas de hasta ocho años de prisión».

«En el mismo sentido, estaba penada la reventa de entradas y en ambos casos, de comprobarse connivencia dirigencial, esos dirigentes deberían cumplir la misma pena que el detenido», concluyó.