Política y Economía

Santa Fe: media sanción al proyecto que aumenta multas por violar protocolos sanitarios


La iniciativa partió del Ejecutivo en el marco de la emergencia sanitaria por coronavirus. Las sanciones por realizar fiestas clandestinas van entre 160.000 y 270.000 pesos. Por no usar barbijo, superan los 53.000

El gobierno de la provincia envió un proyecto al Senado santafesino para aumentar considerablemente las multas por incumplir los protocolos sanitarios en el marco de la pandemia de Covid-19. El mismo obtuvo media sanción esta semana y si llegara a aprobarse implicará, por ejemplo una multa mayor a 53.000 pesos para quienes no usen tapabocas, no respeten las restricciones horarias para la circulación o incumplan el límite del factor ocupacional en comercios.

Por otra parte, quienes organicen fiestas clandestinas en el territorio provincial afrontarán multas de entre 160.000 y 270.000 pesos. Actualmente, las multas por incumplimiento de las medidas dictadas para prevenir la suba de contagios por Covid-19 son de tres unidades JUS (cada una tiene un valor actual de $5.366,16) y, de sancionarse la norma, pasarían a ser 10 JUS, equivalente a $53.661.60.

El Senado dio media sanción al proyecto enviado por el gobierno santafesino sobre el régimen sancionatorio especial, complementario al establecido en el Código de Convivencia de la Provincia, vigente mientras dure la emergencia sanitaria.

Según detalla el proyecto, las sanciones abarcan a quienes: no utilicen elementos de protección de nariz, boca y mentón, o los utilizaran incorrectamente; incumplan el límite horario y de días habilitados para actividades; no respeten el factor de ocupación de los espacios habilitados por protocolo; empleadores que omitan la provisión a las personas a su servicio de equipos de protección personal; quienes no realicen el control de síntomas de Covid-19 al ingreso a las instalaciones o ámbito de tareas, o de la debida higienización de herramientas y maquinaria; aquellos que no cumplan con las medidas de limpieza y ventilación adecuada de ambientes; y a quienes participen en reuniones familiares o con vínculos afectivos, en celebraciones religiosas o eventos en las que participen más personas que las autorizadas o en días no autorizados, o utilicen espacios públicos no habilitados para las mismas.