Tras cumplirse diez años de su sanción, el Órgano de Revisión Nacional de Salud Mental aseguró que se introdujeron cambios importantes en pos del reconocimiento de las personas usuarias de servicios de salud mental como sujeto de derechos
La Ley Nacional de Salud Mental 26.657 (LNSM) «significó un cambio de paradigma en cuanto al reconocimiento de los derechos de las personas con discapacidad psicosocial e intelectual«, aseguró hoy el Órgano de Revisión Nacional de Salud Mental (ORN), al cumplirse 10 años desde que el Congreso de la Nación sancionó por unanimidad la norma.
La normativa, que fija al 2020 como fecha límite para la sustitución definitiva de los hospitales monovalentes, reconoció el derecho a la protección de la salud mental con un enfoque de Derechos Humanos y reemplazó al modelo tutelar por el de toma de decisiones con apoyos.
«A partir de la sanción de la ley se introdujeron cambios importantes en pos del reconocimiento de las personas usuarias de servicios de salud mental como sujeto de derechos, tales como la creación de un organismo de protección de sus derechos humanos, la concepción de la salud mental como un proceso determinado por múltiples factores y la atención con enfoque interdisciplinario, entre otros», destacaron desde el ORN.
El ORN explicó que la LNSM sentó las bases para la modificación en 2014 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCyCN) al incluir el régimen de apoyos en la toma de decisiones dejando atrás el modelo tutelar en armonía con el art. 12 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas.
«En cuanto a las personas con discapacidad psicosocial e intelectual, la ley 26.657 amplió derechos que, hasta su sanción, habían sido postergados. Entre ellos, el derecho a recibir atención sanitaria y social integral y humanizada, a conocer y preservar su identidad, sus grupos de pertenencia, a recibir tratamiento y a ser tratado con la alternativa terapéutica más conveniente, que menos restrinja sus derechos y libertades», reconocieron.
La normativa estableció a la internación como último recurso para tratar a las personas, lo que le valió el reconocimiento a nivel internacional.
«La ley la considera como último recurso terapéutico y establece que la persona debe ser internada para realizar una evaluación interdisciplinaria, en caso de que el equipo de salud determine que existe riesgo cierto e inminente», indicaron desde el ORN.
«Desde la implementación de la LNSM se redujeron los tiempos de internación de las personas, quienes comenzaron a contar, también por primera vez, con protección jurídica», destacaron.
Por último, desde el ORN indicaron que «queda por delante continuar profundizando la transformación del sistema, con redes integradas de atención que permitan a las personas vivir en comunidad con los apoyos necesarios para desarrollar una vida independiente, la sustitución de los hospitales psiquiátricos y la atención en hospitales generales».