La reglamentación fue publicada hoy en el Boletín Oficial mediante el decreto 360/2023 firmado por el presidente Alberto Fernández
La reglamentación fue publicada hoy en el Boletín Oficial mediante el decreto 360/2023 firmado por el presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Agustín Rossi; y la ministra de Desarrollo Social, Victoria Tolosa Paz.
En la norma se indica que la Secretaría de Niñez, Adolescente y Familia, del Ministerio de Desarrollo Social, en su carácter de Autoridad de Aplicación de la Ley, queda facultada para celebrar los acuerdos o convenios necesarios con los organismos o dependencias de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial del Estado Nacional, Provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o Municipal y con los organismos de la sociedad civil, que forman parte corresponsable del Sistema Integral de Promoción y Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes para impartir las capacitaciones.
La denominada Ley Lucio fue sancionada el 13 de abril de este año por el Congreso Nacional.