La modificación del artículo 208 de la Ley de Contrato de Trabajo introduce la figura de “riesgo de la actividad” y cambia el esquema de pagos ante enfermedades o accidentes no laborales. Juristas anticipan fuerte litigiosidad
La reforma laboral debatida en el Congreso de la Nación Argentina incorpora un cambio de último momento que impacta directamente en el régimen de licencias por enfermedad o accidente inculpable. Se trata de la modificación del artículo 208 de la Ley de Contrato de Trabajo, que hasta ahora garantizaba el pago íntegro del salario durante determinados períodos.
El abogado laboralista Ignacio Segura advirtió en diálogo con Cadena 3 que la nueva redacción introduce el concepto de “riesgo de la actividad”, una figura que —según explicó— habilita reducciones salariales de hasta el 50% cuando la lesión o enfermedad se produzca fuera del ámbito laboral.
“Es una reforma importante y trascendental para el régimen argentino”, sostuvo el letrado, y señaló que el cambio altera de manera significativa la protección histórica del salario frente a contingencias no vinculadas al trabajo.
Cómo sería el nuevo esquema de pagos
De acuerdo a lo detallado por Segura, la reforma establece distintas escalas según el origen de la dolencia:
- Lesiones por “actividad riesgosa” externa al trabajo: si el accidente ocurre, por ejemplo, practicando un deporte o realizando una actividad recreativa considerada riesgosa, el salario podría reducirse al 50%. El plazo de cobertura sería de tres meses para trabajadores sin cargas de familia y de seis meses para quienes las tengan.
- Enfermedades comunes (como gripe): cuando el trabajador no pudo evitar el contagio, el empleador abonaría el 75% del salario.
- Accidentes fortuitos: incluso en casos como un atropello en la vía pública, podría aplicarse una reducción de al menos el 25%, según la interpretación del nuevo texto.
El punto más controvertido es, justamente, la definición de qué se considera “actividad riesgosa”.
La discusión judicial que se viene
Para Segura, la reforma abre un escenario de alta litigiosidad. “¿Quién determinará qué actividad es riesgosa o en qué condición el trabajador adquirió esa dolencia? En definitiva, van a ser los jueces quienes fijen los parámetros”, afirmó.
El abogado remarcó que la actividad física y recreativa forma parte del derecho al descanso y al esparcimiento, por lo que la nueva figura podría generar interpretaciones contrapuestas entre empleadores y empleados.
Además, el cambio impacta en las licencias prolongadas, como las psiquiátricas. Hasta ahora, el empleador debía abonar el salario completo y conservar el puesto por hasta un año. Con el nuevo esquema, tras los primeros tres meses cobrando el 75% (en el caso de trabajadores sin cargas de familia), podría activarse antes el período de “guarda de puesto sin salario”.
La redacción, según especialistas, deja zonas grises que probablemente serán definidas en tribunales. En ese marco, la reforma no sólo modifica el bolsillo de los trabajadores, sino que también reconfigura el equilibrio entre derechos laborales y costos empresariales, con un debate que recién comienza.
