En la madrugada de este jueves 28 se produjo la primera votación en la Convención Constituyente en la Legislatura provincial
Con un amplio respaldo y tras un debate que se extendió durante casi once horas, la Convención Constituyente aprobó en la madrugada de este jueves las primeras reformas a la Constitución de Santa Fe, en una jornada que quedará marcada como un punto de inflexión en la historia política provincial.
El plenario votó por mayoría cambios profundos en el funcionamiento de los poderes Ejecutivo y Legislativo, entre los que se destacan la habilitación para que el actual gobernador Maximiliano Pullaro pueda competir por la reelección en 2027, el fin de la mayoría automática en la Cámara de Diputados, la limitación de reelecciones para todos los cargos y la eliminación de los fueros que blindaban a legisladores frente a procesos judiciales.
La cláusula transitoria que habilita a Pullaro a buscar un segundo mandato fue uno de los puntos más discutidos y generó fuertes cruces con sectores opositores, aunque finalmente logró el respaldo de 45 convencionales sobre 67 presentes. “Más de los dos tercios”, enfatizó el presidente de la Convención, Felipe Michlig.
Los dictámenes de mayoría, elaborados en la comisión presidida por el radical Rodrigo Borla, contaron con el apoyo del oficialismo de Unidos para Cambiar Santa Fe, pero también con adhesiones de bloques peronistas como Más para Santa Fe y Activemos, del Frente para la Esperanza e incluso de un representante de Somos Vida.
En paralelo, La Libertad Avanza presentó dictámenes propios insistiendo en la idea de la unicameralidad, un punto que no podía debatirse porque no estaba habilitado por la ley de necesidad de la reforma.

Los números finales reflejaron la magnitud de los consensos alcanzados: las reformas al Poder Legislativo se aprobaron con 52 votos afirmativos, 15 negativos y 2 ausencias, mientras que las del Ejecutivo lograron 51 a favor y 16 en contra.
De esta manera, Santa Fe da un paso hacia una reforma política integral. Por un lado, la posibilidad de reelección fortalece la figura del gobernador y evita el “síndrome del pato rengo” en los últimos años de gestión. Por otro, el fin de la mayoría automática obliga a la construcción de consensos en Diputados y abre la puerta a una Legislatura más plural.
Los límites a las reelecciones y la eliminación de fueros, en tanto, representan un avance en la calidad democrática de la provincia, al fomentar la renovación dirigencial y terminar con privilegios que durante años blindaron a la política.
La sesión dejó discursos encendidos, defensas épicas y críticas duras, pero también una certeza: Santa Fe ya escribió el primer capítulo de una nueva Constitución con reformas de fondo que cambiarán la dinámica del poder en la provincia.

Uno a uno, los principales cambios aprobados:
Poder Legislativo
-Composición: la Cámara de Diputados tendrá 50 miembros, elegidos por sistema proporcional (sin mayoría automática).
-Mandato: dura 4 años con posibilidad de una sola reelección consecutiva.
-Requisitos: para ser diputado se exige edad mínima de 22 años y dos años de residencia inmediata en la provincia.
-Senadores: se mantiene un senador por departamento; requisitos: 25 años de edad mínima y dos años de residencia inmediata en el departamento.
-Incompatibilidades: no podrán ser legisladores quienes ejerzan cargos provinciales o nacionales determinados, ni quienes tengan contratos con el Estado.
-Sesiones: se amplía el período de sesiones ordinarias del 15 de febrero al 30 de noviembre.
-Fueros: hay inmunidad de opinión, pero no de proceso. Para arresto, lo debe autorizar la cámara a la que pertenece el legislador, salvo cuando exista condena penal firme que imponga pena privativa de la libertad por la comisión de delitos dolosos.
-Control: se refuerza la obligación del Ejecutivo de enviar informes periódicos a la Legislatura.
Poder Ejecutivo
-Reelección: el gobernador y el vicegobernador podrán ser reelegidos una sola vez de manera consecutiva.
-Requisitos: para ser gobernador/a o vice se requiere 30 años de edad y 5 años de residencia inmediata y efectiva en la Provincia.
-Duración del mandato: 4 años, coincidente con el de los legisladores.
-Indulto y conmutación de penas: el gobernador no podrá concederlos en casos de delitos de lesa humanidad, corrupción y violencia de género.
-Ministros: se mantiene el régimen de designación de ministros y se fija su responsabilidad política frente a la Legislatura. Si la ley de ministerios lo habilita, puede designar un ministro con competencias para articular las relaciones con los otros poderes del Estado, cuya designación requerirá acuerdo legislativo.
Disposiciones Transitorias
-Primer mandato computable: para gobernador, vice y legisladores será el que comience después de la reforma.
-Mandatos actuales: se consideran no afectados por la limitación; de este modo, los actuales podrán permanecer hasta 2035.
