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Ordenaron el cambio de prisión

Rechazaron la excarcelación del ex jefe del Ejército César Milani


La Cámara Federal de Casación rechazó este viernes la excarcelación y prisión domiciliaria del ex jefe del Ejército César Milani, pero ordenó que sea cambiado de módulo o complejo carcelario, a fin de evitar «cualquier posible episodio de hostigamiento sobre su persona». Así lo resolvió la Sala II del Tribunal, que también encomendó que se realice a la brevedad el juicio oral en su contra por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura.

Los jueces Ángela Ledesma, Alejandro Slokar y Gustavo Hornos confirmaron por unanimidad la denegatoria de los pedidos de excarcelación y arresto domiciliario de Milani, que se encuentra detenido en el penal de Ezeiza, pero ordenaron su traslado «a fin de hacer cesar -de manera inmediata- cualquier posible episodio de hostigamiento sobre su persona y encomendaron que, a la brevedad, inicie el juicio oral».

En su voto conjunto, los jueces remarcaron que no existían razones de salud que habilitaran una modificación en la modalidad de su prisión. Así, ordenaron que «en la fecha, Milani sea alojado en otro módulo o complejo carcelario a fin de hacer cesar -de forma inmediata- cualquier posible episodio de hostigamiento sobre su persona, debiéndose impedir que comparta espacios comunes con otros detenidos imputados por crímenes de lesa humanidad y teniendo en consideración también, las patologías que padece y la proximidad con su grupo familiar».

El juez Hornos, en el mismo sentido, resolvió que debido a la existencia de riesgos procesales no correspondía la excarcelación solicitada por la defensa de Milani. También ordenó al Servicio Penitenciario que disponga las medidas que resulten necesarias a los efectos evitar lo denunciado por el ex militar en lo referido al maltrato continuos, sin que ello implique mantenerlo en constante aislamiento.

En esta causa se juzgará a Milani como autor directo de los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada y allanamiento ilegal, y partícipe necesario de los tormentos calificados sufridos por Pedro Adán Olivera; partícipe necesario de las torturas agravadas sufridas por Ramón Alfredo Olivera y, por último, como miembro de una asociación ilícita.