Todo los detalles de la nueva medida del gobierno para aliviar a trabajadores en la crisis por la pandemia
Este lunes el gobierno nacional habilitó un crédito a tasa cero para monotributistas de todas las categorías y trabajadores autónomos, todos los trabajadores que no estén en relación de dependencia. Para obtenerlo, las personas interesadas deberán solicitarlos a través de los bancos con los que ya operan y luego se les acreditará en su tarjeta de crédito.
Para los monotributistas, el crédito será por el 25% de la facturación anual de la categoría en la que esté inscripto, en el caso de los autónomos, como no hay categorías, el máximo es de $150.000. La línea de crédito la regulará el Banco Central, que las dará a conocer en breve y tendrá garantía de Fondo de Garantías Argentino (Fogar).
Según establece el decreto, el financiamiento será en tres cuotas mensuales iguales y consecutivas. Será acreditado a la tarjeta de crédito del beneficiarios, según lo defina el BCRA. A cada desembolso, se le adicionará un monto equivalente a la cuota impositiva y previsional del Monotributo o de jubilación autónomos.
¿Quiénes pueden acceder el crédito a tasa cero?
Personas adheridas al Régimen Simplificado (Monotributo) de todas las categorías y trabajadores autónomos. Las condiciones vana ser establecidas por la Jefatura de Gabinete y el Banco Central (BCRA)
¿Dónde se debe solicitar el crédito?
En el mismo banco donde se opera habitualmente.
¿Cuál es el monto al que se accede?
El monto de la financiación no podrá exceder el 25% del límite superior de ingresos brutos establecidos para cada categoría del monotributo, con un máximo es de $ 150.000.
¿Dónde se recibe el crédito?
El financiamiento será desembolsado en tres cuotas mensuales iguales y consecutivas. A cada una de las cuotas se adicionará el monto equivalente al pago de las sumas totales que se deben abonar por el impuesto integrado y cotizaciones previsionales a cargo de los monotributistas o de aportes previsionales obligatorios del régimen de trabajadores autónomos. El monto referido será retenido y depositado periódicamente en la AFIP.
¿A partir de cuándo se debe comenzar a pagar?
Desde el Gobierno adelantaron que tendrá un plazo de gracia de seis meses y se cancelará en 12 cuotas.