La decisión, que se daba por descontada, fue finalmente confirmada el miércoles por el ministro de Economía, Luis Caputo
Por Marcelo Bátiz – Télam
El escaso tiempo que resta hasta el 31 de diciembre dejó al gobierno del presidente Javier Milei sin otra opción que recurrir a una prórroga de la ley 27.701 de Presupuesto para el ejercicio 2023 y sus normas modificatorias, un recurso que se utilizará por cuarta vez en los últimos trece años.
La decisión, que se daba por descontada, fue finalmente confirmada el miércoles por el ministro de Economía, Luis Caputo, en declaraciones al canal TN en las que dijo que la prórroga incluirá «las actualizaciones» aplicadas a lo largo del año con dos Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU) y doce Decisiones Administrativas.
La prórroga está contemplada en la ley 24.156 de Administración Financiera, que en sus artículos 27 y 37 delimita qué puede y qué no puede hacer el Poder Ejecutivo Nacional (PEN) por su propia cuenta, y en qué casos deberá recurrir a una ley del Congreso.
De todos modos, la norma es bastante genérica y lo suficientemente flexible como para que el PEN pueda proceder sin complicaciones mayores, de acuerdo con lo señalado a Télam por Gabriel Esterelles, director general de la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC) y Gonzalo Lecuona, presidente de la Asociación Argentina de Presupuesto y Administración Financiera Pública (ASAP).
«Para ejecutar gastos, el 2 de enero el Poder Ejecutivo va a prorrogar el presupuesto vigente y después le hará los ajustes que considere; sería lo lógico», consideró Esterelles, en tanto Lecuona indicó que «dado que no se aprueba (en el Congreso) el Presupuesto, todo termina en un decreto, que establece que se toma el último presupuesto y se lo reconduce, una posibilidad prevista en la ley 24.156».
Al respecto, Esterelles detalló «lo que puede hacer el Poder Ejecutivo en casos como este», según el artículo 27: «básicamente, eliminar los recursos que ya no se prevén recaudar, suprimir las operaciones de crédito público que ya fueron ejecutadas, estimar de nuevo los recursos por rubro e incluir los recursos provenientes de operaciones de crédito público en ejecución».
Asimismo, se eliminan los gastos que no se van a repetir, «por ejemplo, los créditos para el proceso electoral de 2023», agregó.
Por su parte, Lecuona precisó que los créditos destinados a obras ya realizadas quedan a disposición para otros destinos. «Si se contemplaron recursos para asfaltar una ruta y la obra ya se hizo, obviamente no se vuelve a pavimentar y esos recursos quedan para que el Poder Ejecutivo defina para qué los va a usar».
Es por eso que Esterelles remarcó a Télam que las disposiciones «son muy genéricas y le dan al PEN una gran flexibilidad a la hora de prorrogar el presupuesto».
La ley de Administración Financiera, considerada por los especialistas como «la columna vertebral» del ordenamiento del Estado nacional, fue sancionada en 1992 y su principal gestor fue el entonces subsecretario de Presupuesto, Marcos Makon, precisamente el antecesor de Esterelles al frente de la OPC, hasta que venciera su mandato en febrero de este año.
Más allá de la flexibilidad que destacaron los entrevistados, la misma ley 24.156 también le fija límites al PEN en lo que respecta a las modificaciones al Presupuesto en el transcurso de su vigencia, razón que explica la distinción entre las Decisiones Administrativas y los DNU.
El artículo 37 de la ley «establece qué cuestiones quedan reservadas al Congreso y cuáles puede modificar el Poder Ejecutivo» planteó el titular de la OPC: las reestructuraciones y reasignaciones del gasto que no afecten «el tamaño total del Presupuesto» ni impliquen un mayor endeudamiento, pueden concretarse a través de las decisiones administrativas de la Jefatura de Gabinete de Ministros, pero en caso contrario debe recurrirse a un DNU, sujeto a la aprobación posterior del Poder Legislativo.
El proceso electoral, que se extendió hasta el balotaje del 19 de noviembre, fue la causa principal que impidió el tratamiento del proyecto de ley de Presupuesto presentado el 15 de septiembre en la Cámara de Diputados por el exministro de Economía, Sergio Massa.
Por entonces, tanto quien fuera también candidato presidencial de Unión por la Patria como Milei, su adversario de La Libertad Avanza, coincidieron en que sería preferible postergar la discusión parlamentaria para después de las elecciones del 22 de octubre.
La segunda vuelta dejó un margen acotado para que el proyecto – elaborado por un gobierno y que tendría que ser ejecutado por otro de distinto signo- fuera analizado por las comisiones en las dos cámaras legislativas y sancionado antes del 31 de diciembre.
De todos modos, existe un antecedente de un proyecto sancionado como ley que luego fue derogada por otra: «ocurrió en 2002», recuerda Lecuona, en referencia a la ley elaborada el año anterior «con una paridad cambiaria de 1 a 1, que nada tenía que ver con la realidad del año siguiente».
Esterelles señaló lo sucedido en 2021, el único caso de una modificación presupuestaria por ley, aunque advirtió que tuvo lugar «dentro de una misma administración».
Los dos antecedentes dejan abierta la posibilidad de sancionar una ley de Presupuesto en el transcurso de 2024, es decir después del plazo legal, más allá de la prórroga del Presupuesto 2023.
«Nada impide presentar un nuevo proyecto, aunque no es algo común», reconoció Lecuona, para quien «con esta macroeconomía, elaborar un presupuesto es complicado, pero es más razonable hacerlo en base a pautas actualizadas que ejecutar uno reconducido diseñado con supuestos de hace más de un año».
En otras palabras, el Presupuesto prorrogado para 2024 se elaboró en base a supuestos macroeconómicos presentados en septiembre de 2022, con previsiones de una inflación anual del 60% y un tipo de cambio nominal de $ 269,90 por dólar, notoriamente por debajo de la realidad actual.