El reglamento coincide con la propuesta realizada por Juan Cabandié, ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación
La Administración de Parques Nacionales (APN) aprobó un reglamento para la reducción progresiva y la prohibición específica de utensilios plásticos de un solo uso en los parques y en las áreas protegidas de Argentina.
En coincidencia con la propuesta realizada por el ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación, Juan Cabandié, la medida quedó oficializada tras su publicación en Boletín Oficial y busca la disminución gradual de estos objetos hasta su prohibición.
La decisión alcanza elementos como botellas de bebidas, vajilla y utensilios plásticos descartables, varillas de soporte de globos y los soportes utilizados para el consumo de helados, hisopos y cotonetes realizados con plástico no compostable, bolsas plásticas no reutilizables o compostables, envoltorios y productos cosméticos y de higiene oral con microperlas o microesferas de plástico.
Al respecto, Cabandié afirmó: “Estamos comprometidos con la Organización de las Naciones Unidas a cumplir los objetivos y metas de su Agenda 2030, que se refiere especialmente a la producción y al desarrollo sostenibles. Cada minuto se compran un millón de botellas de plástico y, al año, se usan 500.000 millones de bolsas, elementos que amenazan la biodiversidad en sus distintas formas”.
Estos plásticos son productos desarrollados a partir de materiales destinados a ser desechados tras su primer uso, por lo que no son reutilizables y su reciclabilidad es baja por cuestiones técnicas y económicas.
El reglamento contempla, de todas maneras, que no estarán alcanzados por la restricción los productos que por cuestiones específicas no pudieran ser reemplazados por materiales alternativos.
De este modo, prestadores, permisionarios y concesionarios de las áreas protegidas nacionales deberán implementar el reglamento y todas las habilitaciones para el desarrollo de servicios turísticos en jurisdicción de la APN incluirán este aspecto, salvo excepciones puntuales debidamente justificadas que serán consideradas por el organismo.
La norma establece un plazo de seis meses para que las concesiones vigentes y permisos habilitados readapten sus procesos y dispongan el cese definitivo de la utilización de plásticos de un solo uso o su reemplazo por productos reutilizables o realizados con materiales compostables.
Dado el cierre vigente al público por la pandemia de Covid-19, el plazo comenzará a regir al día siguiente de la reapertura de las áreas protegidas,.
Según la Dirección Ejecutiva del Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (Pnuma), “los envases plásticos representan casi la mitad de todos los residuos plásticos a nivel mundial, y muchos de ellos son desechados después de haber sido utilizado tan solo unos pocos minutos”.