Policiales

Prisión perpetua para el acusado del crimen de Sebastián «Oso» Cejas


Este viernes la Justicia rosarina anunció la pena a Leonardo Camilo Cajal por considerarlo coautor del homicidio ocurrido el 22 de septiembre de 2020

Este viernes culminó el juicio oral por el crimen de Sebastián «Oso» Cejas. En el Centro de Justicia Penal de Rosario, el tribunal integrado por los jueces de primera instancia Gustavo Pérez Urrechu, Gonzalo Fernández Bussy y Aldo Bilabao Benítez condenó a prisión perpetua a Leonardo Camilo Cajal por considerarlo coautor del homicidio.

Cejas fue asesinado la madrugada del 22 de septiembre de 2020 en Gaboto y Sarmiento mientras esperaba en su Chevrolet Onix que el padre saliera del Hospital Español. Cuatro personas lo abordaron para robarle el auto y una de ellas le disparó en el tórax, causándole la muerte.

Cajal, que fue detenido escapando en el auto en que había llegado al lugar con los otros tres integrantes de la banda, fue condenado como autor del delito de homicidio doblemente calificado crimis causae y por el concurso premeditado de dos o mas personas, agravado por uso de arma de fuego y la participación de un menor de edad.

El juicio tuvo su comienzo el 8 de marzo pasado cuando la Fiscalía había solicitado la pena de prisión perpetua para el acusado.

La fiscal Gisela Paolicelli, de la Unidad de Homicidios Dolosos, atribuyó que el 22 de septiembre de 2020 aproximadamente a las 0.35 en Gaboto y Sarmiento el acusado junto con un menor de edad y al menos dos personas más aún no identificadas actuando de forma conjunta y bajo el mismo plan delictivo, circulaban a bordo de un vehículo Chevrolet Onix por calle Gaboto en dirección este-oeste y al pasar frente al Hospital Español Rosario observan un vehículo Chevrolet Onix blanco estacionado en doble fila, en el cual se encontraban a bordo en el asiento del conductor Sebastián Andrés Cejas y en el asiento del acompañante su madre. Seguidamente, el acusado y G.O (desvinculado) continúan circulando por manzanas aledañas a bordo del vehículo Onix color oscuro hasta tomar Pasaje Babbini. Aproximadamente a las 0.37 el vehículo Onix oscuro disminuye la velocidad y se detiene por Babbini, a 30 metros de la intersección con calle Gaboto. En tal circunstancia descienden del automóvil 4 hombres, uno de ellos se queda al lado del vehículo, y los demás cruzan el pasaje hacia el oeste hasta llegar a calle Gaboto. Rápidamente y en un lapso de 30 segundos, uno de los hombres dispara con un arma de fuego al aire, mientras amenaza a taxistas para que no intervengan, abre la puerta del acompañante y saca bruscamente a la madre de la víctima y se sube al vehículo. Mientras tanto, los otros 2 hombres se dirigían al lado izquierdo del auto, rompen el vidrio del conductor, abren la puerta y uno de ellos efectúa un disparo con un arma de fuego en zona del tórax de la víctima Sebastián Cejas, mientras que otro de ellos se sube al vehículo en el asiento del conductor, y el restante lo hace del mismo lado en el asiento trasero. El vehículo Chevrolet Onix blanco sustraído siguió su circulación por calle Gaboto hacia el este, y dobló en calle Corrientes hacia el sur, en sentido contrario de circulación. Por su parte, la persona que se había quedado parada al lado del Chevrolet Onix oscuro se sube al vehículo, y luego dobla por calle Gaboto detrás del automóvil sustraído y al llegar a calle Corrientes dobla hacia el norte. La víctima es atendida por personal médico del Hospital Español falleciendo minutos después por una hemorragia masiva torácica por proyectil de arma de fuego. El acusado fue aprehendido en zona de calle Margis al 5000 de Rosario, secuestrando el Chevrolet Onix negro utilizado en el hecho.

A su vez, Yamil Albelo fue condenado en un procedimiento abreviado el 15 de febrero de 2023 a la pena única de 5 años de prisión efectiva por los delitos de encubrimiento agravado, robo en grado de tentativa, robo calificado por el uso de arma no hallada y resistencia a la autoridad.

En tanto que G. O. fue desvinculado de la causa el 25 de octubre de 2021 ya que no hubo posibilidad de sostener la imputación efectuada con evidencia suficiente para solicitar un requerimiento acusatorio.