Un juez ordenó retrotraer a abril de 2018 el valor de las cuotas del plan de ahorro que una mujer contrató con Volkswagen. Semanas atrás otro magistrado había tomado una decisión similar
Un juez ordenó retrotraer a abril de 2018 el valor de las cuotas del plan de ahorro que una mujer contrató con Volkswagen. Semanas atrás otro magistrado había tomado una decisión similar
El juez Marcelo Quaglia, titular del juzgado Civil y Comercial N° 14 de Rosario, mediante el dictado de una medida cautelar ordenó retrotraer a abril de 2018 el valor de las cuotas del plan de ahorro que una mujer contrató con Volkswagen.
La demanda fue interpuesta por una mujer alegando que los aumentos de las cuotas del plan de ahorro en el que había ingresado eran abusivas y que, pese a tener intención, no podía seguir pagando sin ver comprometidas la cobertura de sus necesidades básicas y el mantenimiento de su familia.
Para el magistrado, de la documentación presentada por la demandante surge que las cuotas aumentaron entre un 300% y un 400%, porcentaje notoriamente superior al ritmo de crecimiento inflacionario y sin haber cumplido Volkswagen con el deber de información.
Quaglia tuvo en consideración que los planes de ahorro se financian con los aportes de los adherentes y que la decisión de “retrotraer el valor de la cuota a los montos abonados hace más de un año evidenciará una repercusión ineludible en los restantes integrantes del grupo, lo que generaría un efecto adverso hacia ellos ya que podrían ver desfinanciado su grupo” y, en consecuencia, correr el riesgo de no poder obtener su vehículo. Por esta razón resolvió que la demandante y Volkswagen hagan un “esfuerzo compartido” en el que “ambas partes soporten, al menos en esta instancia cautelar, el incremento que ha sufrido el bien objeto del plan”, para evitar perjuicios a terceros.
La resolución de Quaglia implica que deberá tomarse el valor del vehículo objeto del plan al mes de abril de 2018 y actualizar el mismo a la fecha del dictado de la resolución conforme el índice de Relevamiento de Expectativas de Mercado publicado por el Banco Central.
Además, el magistrado eximió a la demandante de prestar una contracautela (garantía a favor de quien es perjudicado por la medida cautelar) “debido a su situación económica, la calidad profesional y solvencia de los demandados, la existencia de una garantía prendaria a favor de uno de los demandados y la condición de la actora de persona mayor».
La demandante también había solicitado que se impidieran las ejecuciones o secuestros prendarios en su contra hasta tanto haya sentencia firme, lo que fue rechazado por el magistrado por considerar que estaría interfiriendo en la potestad jurisdiccional de otros jueces y porque impedir que pueda ser ejecutada o prendada implicaría vulnerar derechos de potenciales acreedores.
Se trata del segundo fallo de características similares que se da en lo que va del año 2020 en Rosario, ya que semanas atrás la Justicia local obligó a la misma compañía automotriz a bajar el precio de la cuota de un plan de autoahorro, a partir de la denuncia de un comprador que en menos de tres años sufrió una suba de $25.000.
En ese caso, la medida fue adoptada por el juez Néstor García, quien resolvió que el comprador deberá abonar $8.500 por mes, y no $25.000 como estaba pagando, ante la imposibilidad económica del usuario de cumplir con los nuevos valores del plan.