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Tras despido sin causa aparente

Ordenaron al Inti reincorporar a trabajador con discapacidad por medida cautelar


La Cámara Nacional del Trabajo confirmó este jueves la medida cautelar que ordenó reinstalar a una persona con discapacidad en su puesto de tareas en el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (Inti), según confirmaron fuentes judiciales.

Según el fallo, la Sala IX de la Cámara ratificó la medida dictada en primera instancia ante la acción de amparo promovida por el trabajador identificado como C.A.M. El tribunal, en coincidencia con el dictamen fiscal, sostuvo que «la verosimilitud del derecho debe ser examinada con criterio amplio en los casos en que, como en el presente, se encuentra en tela de juicio la integridad de la persona humana».

Los camaristas Mario Fera y Roberto Pompa consideraron que «no se encuentra discutido» que M. «es una persona discapacitada» y que a principios de 2018 «fue despedido sin expresión de causa por el organismo», para el cual se había desempeñado durante ocho años.

El demandante, de 41 años cuando fue despedido, expuso, además, que al momento que le notificaron la desvinculación gozaba de tulela sindical, por haber sido delegado gremial desde setiembre de 2015 hasta el mismo mes de 2017.

Tras la notificación, el Inti dijo que en setiembre de 2018 acató la medida cautelar, pero que C.A.M. se negó a retomar tareas; mientras que el empleado, asistido por el Centro de Profesionales por los Derechos Humanos (Ce.Pro.D.H.), afirmó que no le permitieron ingresar a la sede de la empresa donde trabajaba.

Fera y Pompa ponderaron la protección «integral» que la ley 22.431 prevé para los trabajadores con discapacidad y que además la demandada «es un organismo público estatal». Los camaristas aclararon que la confirmación de la medida cautelar no implica avalar todos los argumentos expuestos por el demandante, ni sentar posición definitiva sobre el fondo del asunto».