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Medicina reproductiva

Un paso importante en la ley de fertilización asistida


Desde su sanción en junio de 2013, la Ley de Reproducción Médicamente Asistida (N° 26.862) permitió ampliar el acceso a los tratamientos de fertilización a tal punto que, en tan sólo 5 años, se duplicó el número de ciclos de fertilización asistida de alta complejidad (pasando de 10.000 a 21.000, según estadísticas de la Sociedad Argentina de Medicina Reproductiva). Pero a diferencia de la ley de fertilización asistida de la provincia de Buenos Aires, la ley nacional no planteaba límites de edad, y daba lugar a la realización de tratamientos con muy bajas tasas de éxito, alto riesgo de pérdida de los embarazos establecidos y, lo que es más serio aún, un gran incremento de bebés nacidos con problemas genéticos importantes. 

La reciente publicación por parte del Ministerio de Salud de las resoluciones 1045 y 1044 da un paso importante en dirección a regular la aplicación de la ley, poniéndola más en sintonía con las evidencias científicas (y con la legislación de otros países) que permiten establecer cuándo es conveniente que el Estado cubra estas técnicas y cuándo no, en función de la edad de la paciente. Las resoluciones establecen que todo tratamiento con óvulos propios se realizará a mujeres de hasta 44 años de edad, mientras que la edad límite para los tratamientos con óvulos donados se extiende hasta los 51 años. 

Las estadísticas de la Sociedad para la Tecnología de la Reproducción Asistida (SART) de Estados Unidos, grafican el descenso de la efectividad de los tratamientos que se da con el incremento de la edad materna: la tasa de embarazo a partir de óvulos propios en mujeres entre 35 y 37 años es de 33,1%, de 21,9% entre los 38 y los 40, del 11% a los 41 y a los 42 desciende al 3,7%. Pero incluso en los casos en que se logra un embarazo con óvulos propios después de los 44 años existe un riesgo elevado de dar a luz a un bebe con una enfermedad genética grave. Por eso el límite para los tratamientos con óvulos propios debería incluso ser menor, idealmente los 42 años, ya que el 85% de los embriones obtenidos a partir de óvulos de mujeres de 43 y 44 años presentan afecciones genéticas graves. 

Por otro lado, es muy adecuado el límite de 51 años que establece la actual resolución con respecto a la edad de las receptoras de ovodonación. Este límite de edad tiene como razón no sólo motivos obstétricos, que no son menores, sino también el pensar en el niño por nacer, de modo que su madre no tenga una edad tan avanzada. Al mismo tiempo destaco la importancia de que a través de las recientes resoluciones el Ministerio de Salud de la Nación garantice la cobertura de medicamentos aplicados a la reproducción médicamente asistida en un 100%, pues contribuye a facilitar el acceso a los modernos tratamientos que hoy permiten dar respuesta a los pacientes que enfrentan la dificultad de lograr un embarazo. 

 Por Dr. Santiago Brugo Olmedo

Médico especialista en medicina reproductiva. Director médico de Seremas.