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Nueva Constitución de Santa Fe: plantean que el agua y los humedales sean considerados personas jurídicas


Lo lleva adelante la Cátedra del Agua, de la UNR, con el objetivo de considerar el acceso al vital elemento como un derecho humano

La Dirección de la Cátedra del Agua de la Universidad Nacional de Rosario elevó un pedido a la Defensoría del Pueblo de Santa Fe para lograr el apoyo a una propuesta que busca que el agua y los humedales sean considerados personas jurídicas en la próxima reforma de la Constitución de Santa Fe, y que el acceso al agua y el saneamiento se conviertan en un derecho humano. 

“En la Constitución. tanto en la nacional como en la provincial, necesitamos una cláusula específica, inequívoca y clara de la defensa del agua como bien común para todas las especies vivas, para el ambiente. Cuando uno dice especies vivas estamos hablando también de los seres humanos”, subrayó el integrante de la Cátedra del Agua, Aníbal Faccendini, en diálogo con la Radio Sí 98.9.

“De ahí la importancia de lograr que el agua sea protegida no solo por nuestras necesidades biológicas sino también para todas las otras actividades, económicas, turísticas y comerciales, que hacen a nuestro desarrollo. Tenemos que tener una visión de ambientalismo inclusivo que abarque todo, es complejo pero importante”, concluyó.

La propuesta se presentó en la Defensoría del Pueblo ante el defensor del pueblo provincial, Gabriel Sabino, quien consideró «muy positiva» la iniciativa elevada y se comprometió a realizar las gestiones correspondientes para que la misma pueda formar parte dentro de las normas que se tratarán en la reforma de la Carta Magna provincial.

La iniciativa elevada ante la Defensoría provincial para que sea incluida en la Convención Constituyente del 2025 señala: «El acceso al agua y al saneamiento es un derecho humano esencial. El agua de superficie y subterránea, y los humedales de competencia del Estado provincial, tienen personerías jurídicas. Son persona no humanas sujetas de derechos. Es responsabilidad principal e indelegable del Estado de Santa Fe la gestión, desarrollo y eficacia de los derechos y bienes jurídicos aquí establecidos».

En ese marco, Faccendini señaló: «Este artículo protegería el derecho humano al agua y al saneamiento, al agua dulce, a los humedales que en su diversidad componen un ambiente sano y el aire. Porque los humedales son un gran regulador en la purificación y regulador del agua y el aire».