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Compromiso ambiental

No se podrán fabricar productos con mercurio añadido en el país


La medida entrará en vigencia el 1 de enero de 2020 y en Argentina no podrán fabricarse, importarse ni exportarse buena parte de los productos con mercurio, en cumplimiento del Convenio de Minamata. Lo estableció  la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, a cargo de Sergio Bergman, y  ya fue publicada en el Boletín Oficial (Resolución 75/2019).

La prohibición involucra pilas, baterías, interruptores, transformadores, relés, lámparas fluorescentes compactas y lineales para iluminación, lámparas de vapor de mercurio a alta presión, cosméticos, plaguicidas, biocidas y antisépticos de uso tópico, barómetros, termómetros y otros instrumentos de medición no electrónicos que contengan este metal.

Esto no significa que no se puedan usar estos productos sino que se trata de lograr una reducción en el tiempo.
También se adoptó una segunda medida (Resolución 71/2019) que establece, para casos específicos de importación y exportación de mercurio, la necesidad de tramitar un consentimiento fundamentado previo ante la Secretaría de Control y Monitoreo Ambiental que forma parte del área nacional de Ambiente.

El objetivo es conocer el origen de dicho mercurio y procurar que sea utilizado únicamente para los fines permitidos.