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Llegó la respuesta oficial: por qué no autorizan ingreso de respiradores donados por Messi


Desde la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica admitieron que tienen "certificado de libre venta"

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) dijo hoy que no fue autorizado el ingreso de los respiradores donados por la fundación del astro futbolístico Lionel Messi porque no tienen «certificado de libre venta».

Además, la Anmat explicó en un comunicado que solicitó documentación que faltaba, y hasta el día de hoy no le fue enviada desde agosto del año pasado, cuando se la requirió.

«Se aclara que la Anmat no autorizó el ingreso de los productos denominados Balón resucitador automatizado mecanizado (mencionados como ‘respiradores’), que fueran donados por la Fundación Messi a la Municipalidad de Rosario, por no presentar ante esta Administración Nacional la documentación necesaria para la autorización de ingreso de la donación», se indicó en el comunicado.

Y se agregó: «Los mismos son prototipos que no cuentan con el certificado de libre venta emitido por la autoridad sanitaria de origen. La solicitud de ingreso iniciada por el receptor de la donación ingresó en agosto del año 2020.

Durante el mismo mes se indicó la documentación faltante y desde ese momento no se ha recibido ninguna nueva información».

En su sitio web, la Anmat cuenta con un Instructivo para donaciones de productos médicos, en el que se detallan los requisitos y pasos que deben cumplimentar los productos médicos donados.

En la web oficial, la Anmat define a un producto médico, «como todo producto para la salud tal como equipamiento, aparato, material, artículo o sistema de uso o aplicación médica, odontológica o laboratorial, destinada a la prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación o anticoncepción y que no utiliza medio farmacológico, inmunológico o metabólico para realizar su función principal en seres humanos, pudiendo entretanto ser auxiliado en su función, por tales medios».

Y se agrega que para obtener la autorización correspondiente, y previamente al embarque de los productos médicos que se pretenda donar, «la entidad receptora de la donación deberá enviar un mail a: jelgadban@anmat.gov.ar incluyendo la siguiente documentación: listado detallado de los productos médicos que se pretende ingresar como donación, indicando nombre genérico, marca, modelo, fecha de fabricación, y si es nuevo o usado. Dicho listado deberá ser suscripto por el titular de la entidad donataria, con carácter de declaración jurada».

Y sigue: «En el caso que producto médico se encuentre registrado ante esta Administración Nacional, presentar copia del registro, vigente a la fecha de ingreso, de cada uno de los productos médicos donados. En caso de no estar inscripto en la Anmat, deberá adjuntar copia de la autorización de comercialización (Certificado de Libre Venta) vigente a la fecha de ingreso, emitido por la autoridad sanitaria donde se comercializa el producto médico».

La Anmat también aclara que «más allá de la buena intención por parte de los donantes, éstos no deben enviar ninguna donación sin previa consulta y conformidad del Instituto Nacional de Productos Médicos, a fin de evitar inconvenientes y gastos innecesarios».