La Oficina Anticorrupción volvió a pronunciarse hoy en contra de Amado Boudou y le pidió a la Anses que no le otorgue la asignación mensual vitalicia que le correspondería por haber ocupado la Vicepresidencia de la Nación.
La Anses le había solicitó a la Oficina Anticorrupción (OA), quien actúa como querellante en varios expedientes judiciales que involucran a Boudou, un informe sobre si correspondía otorgarle la asignación al ex vicepresidente teniendo en cuenta «los diversos procesamientos y acusaciones por hechos constitutivos de delitos contra la Administración Pública Nacional».
En su presentación, la OA realizó un detalle de cada una de las causas penales que afronta el ex vicepresidente y remarcó el juicio oral y público que enfrenta por la compra de la ex Calcográfica Ciccone, donde el organismo pidió al Tribunal Oral Federal 4 que lo condene a la pena de 5 años y medio de prisión, inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos y una multa de 90 mil pesos.
El organismo que conduce Laura Alonso y depende del Ministerio de Justicia entiende que, en caso de ser condenado, Boudou debería quedar excluido del beneficio en los términos del artículo 29 de la ley 24.018, de jubilaciones y pensiones, que se refiere a los casos funcionarios desplazados a través de un juicio político.
Ese artículo indica: «Se excluye del beneficio a quienes hubieran sido removidos en juicio político por mal desempeño, lo cual expresa una regla legal de mayor latitud, según la cual la asignación, en tanto premio o retribución, resulta jurídicamente incompatible con la conducta deshonrosa, determinada con fuerza de verdad legal, ya fuera por el Senado de la Nación, o por el Poder Judicial de la Nación, por la comisión de delitos».
Según la OA, el juicio político debe entenderse referido a «las causas de responsabilidad» que dan lugar a la remoción y que no sólo aluden al «mal desempeño», sino también al «delito en el ejercicio de sus funciones» y a los «crímenes comunes», con las consecuencias de destitución y inhabilitación para «ocupar empleo de honor, de confianza o a sueldo en la Nación».
La Oficina agregó que el beneficio que reclama Boudou es una «asignación, graciable y sin carácter previsional, que se otorga como contraprestación al honor y al mérito por el ejercicio del cargo».
Y concluyó, entonces, que «resulta jurídicamente incompatible otorgar el beneficio a quien ha cometido un delito en ejercicio de la función pública y en perjuicio del Estado Nacional».
El pronunciamiento del organismo se produce luego de que el Estado Nacional apelara la resolución de la jueza federal de la seguridad social Ana María Rojas, quien le había ordenado a la Anses que resolviera la demanda presentada por Boudou para cobrar la asignación mensual vitalicia.
La demanda de Boudou es por el pago de la asignación vitalicia que le corresponde por haber ocupado el cargo de Vicepresidente de la Nación entre diciembre de 2011 y diciembre de 2015, tal cual lo contempla la ley 24.018.
La jueza Rojas había ordenado a la ANSES que resolviera la demanda presentada por Boudou en el marco de una acción de amparo solicitada por los abogados del ex Vicepresidente a raíz de que al día de hoy sigue sin poder cobrar el beneficio.