No podrán cobrar más del 20% de comisión a los comercios. Establece, entre otras cosas, que los repartidores deben estar habilitados y contar con seguros laborales
La Legislatura porteña aprobó hoy la ley que regula la actividad de las APP de delivery dentro de la Ciudad de Buenos Aires, por la cual no podrán cobrar más del 20% de comisión a los comercios.
La iniciativa obtuvo 37 votos a favor, 4 en contra, y 17 abstenciones, crea un registro para empresas y obliga a constituir domicilio en el ámbito de la Ciudad y contar con un seguro laboral.
Por efecto de la pandemia, se incrementó el trabajo de mensajería y de reparto de sustancias alimenticias, popularizados con el crecimiento de plataformas como Rappi, Glovo, PedidosYa y Uber Eats.
La normativa prohíbe el sistema de incentivo y castigo a los trabajadores e incorpora un sitio de quejas para los clientes y establece la creación de un registro de las operadoras digitales y los repartidores y mensajeros, e incorpora requisitos como estar inscriptos en la AFIP y la AGIP.
A su vez, exige a los repartidores contar con una habilitación y hacer cursos de capacitación relacionados con seguridad vial, lo que generó el rechazo de los trabajadores.
El proyecto fue redactado por la diputada Cristina García de Aurteneche (Vamos Juntos) y del legislador Marcelo Guouman (UCR/Evolución), y luego lo acompañaron otros legisladores oficialistas.
«Los repartidores y mensajeros asumieron un rol esencial durante el aislamiento, permitiendo a muchas personas, incluso a aquellas que forman parte de los grupos de riesgo, acceder a los productos que necesitan sin salir de su casa», sostuvo durante la sesión la diputada García de Aurteneche.