Una jueza en lo contencioso administrativo federal no hizo lugar a recurso de los magistrados de la Cámara Federal de Comodoro Py para continuar en sus cargos
La jueza en lo Contencioso y Administrativo Tributario Federal Alejandra Biotti rechazó este viernes el amparo de sus colegas Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi para evitar ser removidos de la Cámara Federal porteña y que vuelvan a sus cargos iniciales tal cual promueve el oficialismo.
Se trata de dos de los diez traslados de jueces hechos durante la gestión de Mauricio Macri al frente del gobierno y que ahora el Frente de Todos considera que deben ser evaluados por el Senado para determinar si tienen que permanecer en esos cargos o volver a los originales en los que fueron nombrados cada uno de ellos.
Bertuzzi y Bruglia habían sido trasladados desde el Tribunal Oral Federal 4 a la Cámara Federal por decisión del Consejo de la Magistratura, pero la actual composición del organismo, con mayoría oficialista, consideró que fue irregular la decisión porque no se tuvo el aval del Senado.
«En consecuencia, se advierte que el Consejo de la Magistratura ha dictado la Resolución N° 183/20 conforme a atribuciones que le son propias, en la medida que, tras analizar los traslados de diversos magistrados que, en principio no habrían cumplido con los recaudos, emitió una recomendación -en su carácter de órgano encargado de la selección y acusación de los magistrados- sobre la regularidad de los procedimientos mediante los cuales se dispuso el traslado de los jueces Bruglia y Bertuzzi», sostuvo la jueza.
Además, Biotti consideró que la cuestión de los traslados no es «novedosa sino que ha evolucionado desde posturas más permisivas, hasta otras más estrictas en la actualidad».
De esta forma, al «culminarse el referido procedimiento queda garantizado el derecho de todos los habitantes de peticionar ante los jueces con la seguridad de que sus planteos serán decididos por tribunales que están plenamente legitimados por la Constitución Nacional para administrar justicia en forma independiente e imparcial», señaló la magistrada.
«La evolución de la jurisprudencia de la Corte Suprema permite afirmar que en la actualidad que no caben dudas que, en principio, el nombramiento como juez refiere a un cargo determinado y se obtiene a través de un procedimiento complejo en el que intervienen el Consejo de la Magistratura, el Poder Ejecutivo y el Senado. Ello responde tanto al adecuado balance que establece la Constitución como a la necesidad de asegurar la independencia de los magistrados y los derechos de los justiciables», según el fallo.
Además, en cuanto al caso de Bertuzzi y Bruglia, entendió que «teniendo en cuenta que la admisión de traslados sin acuerdo del Senado ha de juzgarse como una situación de carácter excepcional y, consecuentemente, las normas que la habilitan deben ser interpretadas restrictivamente».
«El remedio intentado resulta manifiestamente prematuro, ya que el accionar del Consejo de la Magistratura demandado mal puede producir -por sí mismo- efecto alguno sobre el nombramiento de los magistrados. Recién en el caso de que el Senado deniegue el nuevo Acuerdo y el Poder Ejecutivo resuelva dejar sin efecto su traslado, situación que todavía no ocurrió, podrán los actores eventualmente cuestionar dichos actos por los cauces administrativos y legales que estimen corresponder, no resultando la presente acción una vía apta a tales efectos», concluyó.