Política y Economía

La Cámara Civil y Comercial también rechazó la reforma judicial


El Palacio de Tribunales, sede de la Cámara Civil y Comercial Federal (NA: Hugo Villalobos)

Ayer lo había hecho la Cámara del Crimen. Los jueces del tribunal civil también plantearon objeciones sobre cómo la iniciativa puede afectar el funcionamiento de los juzgados y la Cámara

La Cámara Civil y Comercial Federal dictó hoy una acordada en la que criticó la reforma judicial que presentó la semana la pasada el gobierno de Alberto Fernández. Puntualmente, el tribunal objetó la fusión del fuero Civil y Comercial Federal con el Contencioso Administrativo Federal que propone la iniciativa.

“La fusión propuesta en el proyecto acarreará, además de los cuestionamientos basados en la garantía del juez natural, dificultades concretas en el funcionamiento de los juzgados y salas, cuyo personal deberá atender, repentinamente, materias que le son ajenas con recursos ya de por sí escasos, todo lo cuál irá en seguro detrimento de los litigantes”, sostiene la resolución.

La Cámara del Crimen se había pronunciado ayer también en forma crítica a la reforma judicial. El tribunal calificó de inconstitucional la iniciativa y señaló que “importa además el completo desguace y desmantelamiento de nuestro centenario fuero, omitiendo toda referencia a la suerte que han de correr sus magistradas y magistrados”.

El proyecto establece una reorganización de la justicia federal en el país. Entre esos cambios se cuentan la fusión de los juzgados federales de Comodoro Py con los de Penal Económico y la división de sus dos secretarías para que haya 46 tribunales de primera instancia. También duplica la cantidad de juzgados en el interior del país y la fusión de Civil y Comercial Federal con Contencioso Administrativo Federal.

Los jueces de la Cámara Civil y Comercial señalaron que no fueron consultados para los cambios propuestos. Explicaron que ambos fueron funcionan por separado por la diferencia de temas que tratan. “La unificación propuesta en el proyecto implica soslayar la especialidad de cada fuero, ganada durante décadas de funcionamiento autónomo, y poner en manos de jueces que son el producto de tal unificación la decisión de expedientes sobre materias ajenas a su conocimiento específico y su experiencia, y para los cuáles no fueron nombrados”, señalaron.

Para los jueces esa situación “habilitará al litigante afectado por la sentencia dictada en su caso a cuestionar el título del magistrado basándose en la garantía del juez natural y en los límites del nombramiento. Claramente, nada de esto favorece a los justiciables ya que no contribuye a la seguridad jurídica ni a que ellos reciban respuesta con mayor celeridad y eficacia”.

La Cámara también observó que en el fuero hay una cantidad de vacantes de jueces con sus concursos públicos y avanzados y que sus postulantes “se han presentado teniendo en cuenta las materias de la competencia específica del Fuero, y en dichas materias fueron evaluados”.

El proyecto oficial señala como un argumento para unificar ambos fueros que en el interior del país ambas temáticas la lleva el mismo juez. La Cámara opinó que eso es así pero que “no puede válidamente compararse la cantidad de pleitos de marcas, patentes, transporte marítimo, transporte aéreo, transporte terrestre, y menos aún el ingente volumen de juicios de amparo que involucran el derecho a la salud”.

Otros de los puntos criticados fue el plazo de 30 días que habrá -si el proyecto se sanciona sin modificaciones- para la transición. “Es materialmente imposible en ese escaso período capacitar al personal para las nuevas competencias asignadas, reasignar y redistribuir las áreas administrativas de ambas Cámaras y dictar un Reglamento General, máxime en el actual contexto de emergencia sanitaria”, explicaron. Y agregaron: “A la etapa propia de la reorganización y tratamiento del cúmulo de expedientes provocado por las sucesivas ferias judiciales extraordinarias, deberíamos sumar cargas adicionales producto de la unificación, reorganización y capacitación que, a no dudar, provocarán severos retrasos en los plazos y, por mayores que sean los esfuerzos, atentarán con la efectividad de la tutela judicial”. Y señalaron que ese plazo “no debería ser menor a un año”.

La acordada fue firmada por los jueces Guillermo Antelo, Alfredo Gusman, Fernando Uriarte y Eduardo Gottardi y remitida al Ministerio de Justicia, al Senado -donde se comenzó a discutir el proyecto- a Diputados, a la Corte Suprema de Justicia, al Consejo de la Magistratura y a otros organismos judiciales.

Por su parte, Ricardo Recondo, otro de los integrantes de la Cámara, se excusó de opinar porque como integrante del Consejo estará a cargo de algunas decisiones administrativas que establece el proyecto.