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Salió en el Boletín Oficial

La AFIP derogó la obligación de archivar facturas A para hoteles y restaurantes


La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) derogó la obligación que tenían restaurantes y hoteles de requerir y archivar la declaración jurada generada a través del formulario 8001 cada vez que emitan una factura «A».

La medida se implementó hoy a través de la resolución general 4520, publicada en el Boletín Oficial, mediante la cual se deroga el citado formulario 8001, que consistía en una declaración jurada en papel a presentar y archivar en oportunidad de pagar un servicio de gastronomía o alojamiento, «contribuyendo al proceso de desburocratización que se viene desarrollando».

A partir de hoy, la AFIP realizará esos controles utilizando la facturación electrónica que, destacó el organismo, «permite un control sistemático, oportuno y sin afectar las actividades comerciales de los contribuyentes».

Los restaurantes y hoteles que emitan facturas o notas de crédito y débito «A», por las operaciones que tienen restricciones en el cómputo del crédito fiscal, deberán emitirla electrónicamente a través del servicio web de AFIP «Comprobantes en línea», o bien facturando a través de un sistema propio usando un «webservice».

Si la operación a facturar tiene un importe neto (sin considerar el IVA) mayor o igual a $10.000, también podrán emitirse los comprobantes clase «A» alcanzados por el régimen a través de un controlador fiscal de nueva tecnología.

Este límite de $ 10.000 del importe neto gravado se actualizará por semestre calendario (enero y julio de cada año) tomando el Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).

La primera actualización será en enero de 2020.