Policiales

Imputaron a tres personas que realizaron 200 extorsiones desde una cárcel de Rosario


Se trata de Agustín M., Adrian G. y Lucas T., todos imputados por los delitos de asociación ilícita en carácter de jefe/organizador, dos estafas, extorsión en grado de tentativa y amenazas coactivas todo en concurso real

Este sábado, y a través de videoconferencia, se llevó adelante la audiencia imputativa para tres personas, dos de ellas  privadas de su libertad, que desde la cárcel tenían un centro de operaciones para realizar extorsiones bajo la modalidad «cuento del tío». La organización funcionaba de manera estable y con continuidad en el tiempo, división de tareas y asignación de roles, al menos desde fecha 5 de diciembre de 2021. Los mismos hicieron valer su situación de reclusos del Pabellon 11 de la U6 de Rosario y el acceso ilimitado a móviles de telefonía, utilizando el derecho a visitas quienes les proveían información y elementos para desarrollarse.

La Fiscal Dra. Valeria Haurigot de la Unidad de Armas les atribuye haber formado parte de una organización que cometía ilícitos y/o provisión de servicios a terceros para su realización, referidos a la realización de extorsiones y estafas denominadas “cuento del tío”.

Se trata de Agustín M., Adrian G. y Lucas T., todos imputados por los delitos de asociación ilícita en carácter de jefe/organizador, dos estafas, extorsión en grado de tentativa y amenazas coactivas todo en concurso real.

Según el relato de la fiscal, Agustín M. era el jefe y organizador y era quien obtenía los datos para realizar los ilícitos. Agustín le daba indicaciones a Lucas T., quien se encontraba en estado de libertad, eligiendo los destinatarios, ritmo de trabajo con el objetivo de obtener ganancias con la desesperación de las víctimas.

Por su parte, Adrián G. era compañero de pabellón de Agustín M., y era la persona que prestaba su voz en la mayoría de las comunicaciones extorsivas.

Lucas T. participa y finaliza los hechos delictivos yendo a retirar el dinero u objetos de valor.

La asociación ejecuto al menos 200 hechos de estafas, tentativas de estafa y extorsiones en el período del 29 de noviembre hasta el 14 de diciembre y luego desde el 16 de diciembre hasta el 31 del diciembre.

Por ejemplo, el 5 de diciembre de 2021 se comunicaron desde una línea telefónica simulando ser oficiales de transito los cuales manifestaron a la victima que su hijo habría sufrido un siniestro vial. Luego uno de ellos, simulando ser su hijo y con voz de desesperación solicito ayuda a la victima. Luego comienzan a exigirle dinero bajo amenazas de matar al hijo. Dicha maniobra no pudo llegar a concretarse por la comunicación de la victima con la mujer de su hijo dandose cuenta del engaño.

Otro, realizado el 13 de diciembre aproximadamente a las 20.30 se dio cuando se comunicaron a un linea de telefonía fija y simulando ser nietos de la victima aprovechando la situación de vulnerabilidad de la misma ya que presentaba problemas de audicion y ubicación, solicitaron dinero para una compra en un supermercado. Los mismos exigieron una suma de $40.000, manifestando la víctima que tenia solo la mitad del dinero, tras lo cual se presentó un masculino al domicilio de la mujer y retiro la suma de dinero.

En tanto, el 29 de enero de 2022 se comunicaron a una línea telefónica fija donde simulando ser el nieto de la victima, le manifiesta que se encontraba en un supermercado y que necesitaba una suma de dinero para abonar la compra aprovechando la situación de desconcierto de la víctima. Esta coloca la suma de $15.000 y una tarjeta bancaria en un sobre y hace entrega a un masculino que se presentó en su domicilio, simulando ser amigo del nieto.

Asimismo un cuarto hombre identificado como Lisandro M., el 16 de diciembre de 2021, se comunico con una de las víctimas y le manifestó que no se acerque a una mujer suponiendo que la mencionada podría ser pareja del imputado. Luego le manifestó amenazas de muerte.

El Juez de Primera Instancia Dr. Nicolas Foppiani tuvo por formalizada audiencia imputativa dictando para Lucas T. la prisión preventiva efectiva por el plazo de ley; en cuanto a Agustín M y Adrian G se dispone un régimen especial de comunicación con el exterior consistiendo en limitar el contacto con personas no privadas de la libertad todo por el plazo de 90 días.